SIN INFORMACION

SUAZO COBOS CHRISTIAN/SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

15 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Raimundo Javier Hales Zúñiga, en representación del demandado, don Christian Suazo Cobos, en causa Rol N° C-3179-2023 caratulada "Roca con Suazo’’, sobre terminación de contrato de arrendamiento de bien mueble por no pago de rentas, seguida ante el 6° Juzgado Civil de Santiago, interpuso recurso de hecho en contra de la resolución de 6 de septiembre de 2023 que no concedió el recurso de apelación deducido por esa parte, en contra de la resolución que rechazó la petición de dejar sin efecto una medida prejudicial precautoria de secuestro, de fecha 17 de agosto de 2023. Indica que la resolución recurrida señala como fundamento: “Atendido lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, no se da lugar al recurso de apelación”, con lo que se advierte que el rechazo se sustenta en que para el tribunal a quo, la resolución que habría resuelto el incidente enderezado a dejar sin efecto la medida prejudicial precautoria de secuestro respecto de dos vehículos, tendría la naturaleza jurídica de un auto. Afirma que la real naturaleza jurídica de la resolución apelada corresponde a una sentencia interlocutoria que falla un incidente del juicio, estableciendo derechos permanentes a favor de las partes, por cuanto al rechazar la solicitud, mantiene la medida precautoria decretada, contraponiéndose al carácter esencialmente modificable de dichas medidas. Solicita en definitiva que se acoja el recurso y se declare admisible la apelación SEGUNDO: Que la magistrada Rommy Müller Ugarte, jueza titular del 6° Juzgado Civil de Santiago, evacuó informe, indicando que a juicio de dicha Magistratura, la resolución que rechaza la incidencia de oposición a la medida precautoria de secuestro comparte la naturaleza de los autos o decretos, pues no fija derechos permanentes para las partes, pues las medidas prejudiciales son esencialmente revocables, en la medida que cambien las condiciones tenidas a la vista para su otorga

Fallo

Por estas consideraciones, se acoge el recurso de hecho deducido en contra de la resolución de seis de septiembre de dos mil veintitrés, que no concedió el recurso de apelación deducido contra la resolución de diecisiete de agosto del mismo año, dictada en la causa rol C-3179-2023, y en su lugar se declara que se concede dicho recurso de apelación, debiendo el tribunal a quo remitir los antecedentes pertinentes a esta Corte para su conocimiento y resolución. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Civil (Hecho) N° 14166-2023 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Fernando Carreño Ortega, conformada por la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de febrero de dos mil veinticuatro. Proveyendo al escrito folio 12: téngase presente. Proveyendo al escrito folio 15: téngase por justificado. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Raimundo Javier Hales Zúñiga, en representación del demandado, don Christian Suazo Cobos, en causa Rol N° C-3179-2023 caratulada "Roca con Suazo’’, sobre terminación de c

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica