VALENCIA/VALENCIA
Rol
Fecha
15 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 16 de octubre de 2023, comparece doña Alejandrina Doris Valencia Astorga, quien interpone recurso de protección en contra de doña Loreto Beatriz Valencia Jaramillo, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en impedirle el libre acceso al inmueble ubicado en Avenida Sergio Valdovinos Nº 01554, comuna de Quinta Normal, del cual es dueña conjuntamente con la recurrida, ello a través de la instalación de un portón con una puerta de acceso, sin su voluntad y sin entregarle copias de las llaves, lo que vulneraría su derecho de propiedad, consagrado en el artículo 19 número 24 de la Constitución. Explica, en cuanto a los hechos, que el inmueble fue adquirido por su abuelo, y posteriormente, tras su fallecimiento, y el de su cónyuge, la propiedad quedó inscrita en 2012 a nombre de sus hijos, en partes iguales. En 2016, dos de los tíos de la recurrente cedieron sus derechos sobre la propiedad a la recurrida, doña Loreto Beatriz Valencia Jaramillo, prima de la recurrente. Luego, en 2017, tras el fallecimiento de otro tío de la recurrente, parte de sus derechos fueron heredados también por la recurrida. En el año 1996, la recurrente comenzó a vivir en la propiedad junto a su familia, aseverando que en esa época la convivencia era pacífica entre los comuneros. No obstante, cuando en 2010 la recurrida se fue a vivir también al inmueble, comenzaron a surgir problemas por su comportamiento irrespetuoso y agresivo. Expone que en el año 2020, la recurrida cambió unilateralmente la chapa de la puerta de acceso a la propiedad, sin entregar copia de llaves a la recurrente. De esta forma, le impide el libre acceso, debiendo solicitar en cada oportunidad que le abran el portón. Ante esta situación que perturba su derecho de propiedad, la recurrente intentó llegar a una solución a través de un proceso de mediación, pero no fue posible por la actitud agresiva de la recurrida. Alega que la conducta arbitraria e ilegal de la recurrida, consistente en cambiar la chapa y negarle acceso libre a la propiedad, perturba su derecho de propiedad, ya que ambas tienen la calidad de comuneras respecto del inmueble. En virtud de lo anterior, solicita que se acoja el recurso, se ordene el restablecimiento de su derecho y se ordene a la recurrida a entregar copia de las llaves para que pueda acceder libremente al inmueble. SEGUNDO: Que, con fecha 1 de febrero de 2024, evacuó informe presentado por doña Ana María Herrera Brummer, abogado patrocinante de doña Loreto Beatriz Valencia Jaramillo, recurrida en estos autos solicitando el rechazo del recurso por los siguientes motivos: En primer lugar, alega la extemporaneidad del recurso, ya que los hechos que lo fundamentan ocurrieron en el año 2020, en circunstancias que el plazo para accionar es de 30 días. En segundo lugar, se señala que el recurso de protección no es la vía idónea por tratarse de materias de lato conocimiento que requieren un procedimiento contradictorio. Como t
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge el recurso de protección deducido por Alejandrina Doris Valencia Astorga, y se ordena a la recurrida Loreto Beatriz Valencia Jaramillo, entregar de inmediato a la actora la llave de acceso al inmueble de su propiedad, debiendo abstenerse en lo sucesivo de incurrir en una actuación similar a la causante del presente recurso, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección N° 15399-2023. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Fernando Carreño Ortega, conformada por la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de febrero de dos mil veinticuatro. Proveyendo los escritos folios 19, 20 y 21: a todo, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 16 de octubre de 2023, comparece doña Alejandrina Doris Valencia Astorga, quien interpone recurso de protección en contra de doña Loreto Beatriz Valencia Jaramillo, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en impedir
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica