SIN INFORMACION

IBACETA/ISAPRE CRUZBLANCA S.A.

Rol

Fecha

15 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece el abogado Erwin Möller Rubio, en favor de María Loreto Ibaceta de la Jara, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Cruz Blanca, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en aplicar cobros en el cálculo del Precio del Plan Complementario respecto a su carga menor de dos años en contravención a las instrucciones establecidas por la Corte Suprema, en causa Rol N°16.630-2022, que ha significado una duplicación en cobros, lo que sostiene vulnera las garantías constitucionales de su representada consagradas en los numerales 2, 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que la recurrente tiene un contrato de salud vigente con la recurrida. En este contexto, la recurrida informa mediante Formulario Único de Notificación (FUN) que ingresó a su plan de salud como carga a su hijo menor de dos años y que los cambios establecidos en tal documento, se harán efectivos a partir del 1 de julio de 2023. En dicha ocasión, la recurrente se percató de que a su carga de fecha de nacimiento 7 de junio de 2023, se le aplica un factor que aumenta en 1.8 veces el precio base de su plan complementario. Explica que dicha adición es incorporada según la recurrida, para la cobertura financiera de las posibles prestaciones de salud que potencialmente la carga pueda necesitar y el respectivo costo financiero que implicaría para la recurrida. Sin embargo, la cobertura para tales prestaciones ya se encuentra integrada al plan complementario de salud en la Prima GES que es parte de tal instrumento; de tal modo que se hace evidente una duplicación del cobro por parte de la Isapre, sin ninguna causa legítima. Arguye que es improcedente aplicar factor de riesgo a las cargas menores de 2 años pues la Excelentísima Corte Suprema, en sentencia ROL 16.630-2022, ha instruido a las Isapres la suspensión total del alza del precio del Plan Complementario por inclusión de un nuevo beneficiario cuando este se trate de un no nato o de una carga menor a dos años, toda vez que el riesgo asociado ya se encuentra incorporado dentro del Régimen de las Garantías Explícitas en Salud, haciendo improcedente la aplicación de un factor de riesgo asociado a dicha carga. En virtud de lo antes expuesto, solicita se acoja la presente acción de protección y se ordene a la recurrida abstenerse de aplicar cobros en el cálculo del precio del Plan Complementario - tanto adición de precio base como aplicación de factor de riesgo- por su carga menor de dos años y limitarse únicamente a cobrar la prima GES, hasta la primera anualidad en que se consigne que la carga cuenta con dos años de vida y se ordene a la recurrida la devolución de los cobros indebidos originados por el acto vulneratorio; todo ello con expresa condena en costas. Segundo: Que el abogado Matías Von Der Hundt Fuenzalida evacuó informe por la recurrida. Alega la extemporaneidad del recurso por cuanto la parte recurrente tomó conocimiento del acto el

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que: se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de María Loreto Ibaceta de la Jara, en contra de Isapre Cruz Blanca. Regístrese y notifíquese. Redacción del Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia N° Protección N° 13.279-2023 Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Jenny Book Reyes e integrada por el Ministro (S) señor Sergio Padilla Farías y por el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. No firman el Ministro (S) señor Padilla por haber terminado su suplencia ni el Abogado Integrante señor Benítez por encontrarse ausente.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que comparece el abogado Erwin Möller Rubio, en favor de María Loreto Ibaceta de la Jara, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Cruz Blanca, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en aplicar cobros en el cálculo del Precio del Plan Complementario respecto a su carg

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