MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ PATRICIO JOSE MANSILLA CONTRERAS
Rol
Fecha
15 de febrero de 2024
Materia
FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, atendido lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, compartiendo los razonamientos de la Jueza a quo, en cuanto a que con los elementos hasta ahora reunidos, esto es, la declaración de los funcionarios aprehensores, el dato de atención de urgencias y el set fotográfico que da cuenta de las lesiones producidas a la víctima hacen concluir que, en esta etapa de la investigación, existen antecedentes suficientes que justifican la existencia del delito que se investiga y que permiten presumir fundadamente que el imputado ha tenido participación en el delito en calidad de autor. SEGUNDO: Que, así las cosas, en el estado actual del proceso, se encuentran suficientemente establecidos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, en especial el de la letra c), por las razones dadas por el Sra. Magistrada de la causa que esta Corte comparte y no se ven alteradas por las alegaciones del apelante, especialmente lo vinculado a la naturaleza del delito, el carácter del mismo, el bien jurídico protegido, la gravedad de la pena asignada al mismo, la existencia de denuncias previas, hacen concluir que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima y de sus hijos. Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución apelada de siete de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Patricio José Mansilla Contreras. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol 45-2024 Penal.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución apelada de siete de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Patricio José Mansilla Contreras. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol 45-2024 Penal.
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Punta Arenas, quince de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, atendido lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, compartiendo los razonamientos de la Jueza a quo, en cuanto a que con los elementos hasta ahora reunidos, esto es, la declaración de los funcionarios aprehensores, el dato de atención de urgencias y el set fotográfico que da cue
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