1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CLÍNICA LAS CONDES S.A./INSPECCION DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE

Rol

Fecha

15 de febrero de 2024

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Se sustanciaron estos autos RIT Nº I-289-2022, ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “CLÍNICA LAS CONDES S.A. / INSPECCION DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE”, en procedimiento de aplicación general sobre reclamación judicial de resolución de multa. Por sentencia de cinco de mayo de dos mil veintitrés, la magistrada doña Claudia Hermosilla Toro, acogió parcialmente la reclamación deducida. Consecuentemente, dejó sin efecto la Resolución de Multa Nº 1337/22/1 de 10 de agosto de 2022, relativa a “Dificultar sin motivo justificado la fiscalización de fecha 17 de junio de 2022” dictada por la fiscalizadora Sra. Lidia de las Mercedes Arenas Silva, dependiente de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente, debiendo ésta dictar el acto administrativo que dé cumplimiento a lo resuelto. Contra ese fallo la parte reclamante dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en la causal de nulidad del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haber sido pronunciada con manifiesta infracción de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Solicita que se “proceda a invalidar la sentencia recurrida y dicte sentencia de reemplazo, declarando que se acoge la reclamación deducida; y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución de Multa N°1337/22/2, de fecha 10 de agosto de 2022, con costas.” Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: La parte reclamante funda su recurso de nulidad, en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haber sido pronunciada con manifiesta infracción de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, explicando -previa exposición de los antecedentes del proceso- que el

Fallo

fallo la parte reclamante dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en la causal de nulidad del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haber sido pronunciada con manifiesta infracción de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Solicita que se “proceda a invalidar la sentencia recurrida y dicte sentencia de reemplazo, declarando que se acoge la reclamación deducida; y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución de Multa N°1337/22/2, de fecha 10 de agosto de 2022, con costas.” Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes. Considerando: Primero: La parte reclamante funda su recurso de nulidad, en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haber sido pronunciada con manifiesta infracción de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, explicando -previa exposición de los antecedentes del proceso- que el fallo recurrido infringe el principio de la no contradicción. Transcribe los considerandos octavo y noveno de la sentencia, afirmando que la sentenciadora ha infringido en forma manifiesta las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, particularmente infringe las normas de la lógica en su vertiente de la no contradicción, por cuanto señala expresamente que repugna al principio non bis in ídem y que en el presente caso es vulnerado por la R

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C.A de Santiago. Santiago, quince de febrero de dos mil veinticuatro. A los folios 20, 21 y 22, a todo, téngase presente. Vistos: Se sustanciaron estos autos RIT Nº I-289-2022, ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “CLÍNICA LAS CONDES S.A. / INSPECCION DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE”, en procedimiento de aplicación general sobre reclamación judicial de resolución d

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