SIN INFORMACION

MARTINEZ/CLINICA BUPA- ISAPRE BANMEDICA

Rol

Fecha

14 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que comparece don Jorge Martínez Araya, profesor, cédula de identidad N°7.641.408, quien deduce acción constitucional de protección en contra de Isapre Banmédica y Clínica BUPA Antofagasta, por vulnerar el legítimo ejercicio de los derechos, solicitando se cancele los bonos correspondiente a su primera operación por concepto de honorarios médicos. Informaron del recurso los recurridos, solicitando el rechazo de éste. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la recurrente, funda su acción constitucional, afirmando que la recurrida incurrió en un error al emitir los bonos, por un valor de $1 peso y $0 peso, por concepto de honorarios médicos correspondiente a primera cirugía de extirpación de tumor cancerígeno con metástasis, colorrectal sigmoide. Ha transcurrido un año sin solución. Expone que acudió a la Superintendencia de Salud, para que esta agilizara la corrección, y así, la aseguradora realizara el pago correspondiente; según su cobertura GES. Sostiene que estando en conocimiento de lo anterior, y del compromiso de la Isapre Banmédica de cancelar los honorarios médicos; Clínica BUPA Antofagasta, continuó con su cobranza judicial; iniciando un juicio ejecutivo en su contra. Lo anterior ocasionó un gran desgaste emocional, sumado a la enfermedad que padece desde el año 2022, la cual trajo consigo secuelas a raíz de las quimioterapias; padeciendo de neuropatía en ambas extremidades. Actualmente se encuentra en terapia con fisioterapeuta y un equipo de profesionales. Solicita se ordene a la Isapre Banmédica, en su calidad de aseguradora, efectuar la cancelación de los bonos pendientes por las prestaciones correspondientes a su primera cirugía de mayo del 2022, por concepto de honorarios médicos. SEGUNDO: Que informa el recurrido, Centro Médico Antofagasta, que el día 11 de mayo del 2022, el recurrente ingresa a Clínica BUPA Antofagasta, para una cirugía de laparotomía exploradora; realizándole una resección tumoral más una colostomía hartmanny y colocación de drenaje. Fue dado de alta el 17 de mayo del 2022. Señala que dicha prestación tiene el carácter de programable, y que para garantizar su pago se suscribió un pagaré. Posteriormente, con fecha 08 de noviembre del 2022, se envía la cuenta de hospitalización a la aseguradora de salud del recurrente, Isapre Banmédica, para su valorización. Y, con fecha 20 enero del 2023, recibe los bonos de cobertura por un total de $135.839; quedando pendiente la bonificación por concepto de HMQ. Destaca que, con fecha 30 de marzo del 2023, el recurrente cancela el copago a la Clínica; señalando que en el plazo de 30 días su Isapre emitiría los bonos pendientes, los que se emitieron con fecha 07 de septiembre del 2023, por los montos de $1 y $0 pesos; informando al paciente que el problema debía ser resuelto directamente con la aseguradora. Refiere que en atención al tiempo transcurrido, el 17 de noviembre del 2023, se remitieron los antecedentes al recurrente para dar inicio al proceso de cobranza; siendo protestada la cuenta del paciente y enviado los antecedentes a cobro, por falta de pago. Con fecha 07 de diciembre del 2023, interpone demanda ejecutiva la cual se tramita ante el Tercer Juzgado Civil de esta ciudad, en causa Rol C-5682-2023, por una suma de $2.969.395, más intereses y costas; la que fue notificada el 20 de diciembre del 2023. Hace presente que del libelo del recurrente se puede desprender que no existe un

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por Jorge Martínez Araya, en contra de Isapre Banmédica y Clínica BUPA Antofagasta. Regístrese y comuníquese. ROL 8494-2023 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, catorce de febrero del dos mil veinticuatro. VISTOS: Que comparece don Jorge Martínez Araya, profesor, cédula de identidad N°7.641.408, quien deduce acción constitucional de protección en contra de Isapre Banmédica y Clínica BUPA Antofagasta, por vulnerar el legítimo ejercicio de los derechos, solicitando se cancele los bonos correspondiente a su primera operación por concepto de hon

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