SEPÚLVEDA/I. MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO-
Rol
Fecha
14 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°).- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°).- Que, en el caso se interpone la acción de protección por la Junta de Vecinos de Parque Almagro y el Comité de Seguridad y Apoyo Social Sacramentinos, en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, por haber incurrido ésta en una omisión ilegal y/o arbitraria al no adoptar las medidas necesarias para poner fin al incremento de personas en situación de calle. Solicita que la recurrida proporcione una solución efectiva y concreta a la situación antes señalada. 3°).- Que los hechos descritos en la presentación y en particular sus supuestas peticiones, exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso, atendida su naturaleza cautelar, cuyo principal objetivo es la tutela directa e inmediata de los derechos fundamentales que se reclaman amenazados o transgredidos, a través de una sentencia dictada en un proceso de urgencia y autónomo. Pese a que el arbitrio en examen carece de peticiones cuya procedencia esta Corte deba analizar, pudiendo colegirse del párrafo anterior a la parte petitoria que lo solicitado es que la “…alcaldesa Iraci Hassler nos proporcione una solución efectiva y concreta a la situación latamente reseñada, la cual, se viene arrastrando desde hace un tiempo pero que últimamente ha tornado la convivencia de nosotros como vecinos totalmente intolerable”, ciertamente tal requerimiento excede con creces la continencia de una acción de índole cautelar, pues supone obtener en un procedimiento evidentemente sumarísimo y carente de las etapas y derechos que reconoce el debido proceso a las partes en un juicio de carácter declaratorio
Fallo
fallo del recurso de protección de garantías constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto al folio 1. Archívese. Protección N° 930-2024.mst Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Elena Villadangos Frankovich e integrada por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. ntiago, catorce de febrero de dos mil veinticuatro. Proveyendo al folio 1: a todo, estese a lo que se resolverá. Visto y teniendo presente: 1°).- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las gar
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