1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

SEÑALIZACIONES VIALES SA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE LA FLORIDA

Rol

Fecha

14 de febrero de 2024

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Por sentencia de veintiuno de febrero del año dos mil veintitrés, dictada por la señora juez del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-270-2022, sustanciados bajo las reglas del procedimiento de aplicación general e iniciados por reclamación judicial de multa administrativa en razón del artículo 512 del Código del Trabajo, interpuesta por Señalizaciones Viales S.A. en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de La Florida, se rechazó la demanda. Contra ese fallo recurrió de nulidad la parte reclamante, fundando su recurso en una única causal en base al artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando fuere necesario la alteración de la calificación jurídica de los hechos sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Solicita que se anule la sentencia impugnada y se dicte una de reemplazo que acoja el reclamo judicial interpuesto, rebajando la multa que le fuera impuesta, en a lo menos el 50%, con expresa condena en costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia respectiva, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte reclamante interpuso como causal única de nulidad aquella establecida en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando fuere necesario la alteración de la calificación jurídica de los hechos sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Al efecto, explica que el

Fallo

fallo recurrió de nulidad la parte reclamante, fundando su recurso en una única causal en base al artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando fuere necesario la alteración de la calificación jurídica de los hechos sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Solicita que se anule la sentencia impugnada y se dicte una de reemplazo que acoja el reclamo judicial interpuesto, rebajando la multa que le fuera impuesta, en a lo menos el 50%, con expresa condena en costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia respectiva, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte reclamante interpuso como causal única de nulidad aquella establecida en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando fuere necesario la alteración de la calificación jurídica de los hechos sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Al efecto, explica que el fallo impugnado equivoca en la calificación jurídica de los hechos, puesto que la sentencia impugnada señala, en lo pertinente del considerando décimo cuarto, “Que finalmente, esta juez comparte el criterio de la demandada en orden a la imposibilidad de poder corregir la infracción, desde lo que se sanciona, es la no presentación de los antecedentes requeridos para la fiscalización, dentro del plazo ordenado y con fecha posterior y aún antes de la imposición de la multa, lo que impidió el fin requerido.

Texto Completo (Preview)

Santiago, catorce de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Por sentencia de veintiuno de febrero del año dos mil veintitrés, dictada por la señora juez del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-270-2022, sustanciados bajo las reglas del procedimiento de aplicación general e iniciados por reclamación judicial de multa administrativa en razón del artículo 512 del C

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