ANONIMIZADO
Rol
Fecha
14 de febrero de 2024
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Carolina Elizabeth Fuentes Peña, en contra de la resolución de fecha ocho de enero de dos mil veinticuantro, que consta a folio 21 del expediente digital, por improcedente, atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-39-2024. (cwm)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Carolina Elizabeth Fuentes Peña, en contra de la resolución de fecha ocho de enero de dos mil veinticuantro, que consta a folio 21 del expediente digital, por improcedente, atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-39-2024. (cwm)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, catorce de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Carolina Elizabeth Fuentes Peña, en contra de la resolución de fecha ocho de enero de dos mil veinticuantro, que consta a folio 21 del exp
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