ANONIMIZADO
Rol
Fecha
14 de febrero de 2024
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: El mérito de lo obrado en carpeta electrónica, teniendo especialmente presente que el tribunal a quo ya rebajó prudencialmente los alimentos, no existiendo en esta etapa procesal nuevos antecedentes que ameriten una rebaja superior a la ya decretada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968 sobre Tribunales de Familia, se confirma la resolución en alzada de fecha 8 de agosto de 2023, pronunciada por el Juzgado de Familia de Puerto Montt, sin costas del recurso por haber tenido motivo plausible para alzarse. Devuélvase. No firma la Ministra doña Ivonne Avendaño Gómez, quien concurrió a la vista y acuerdo, por...
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, catorce de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: El mérito de lo obrado en carpeta electrónica, teniendo especialmente presente que el tribunal a quo ya rebajó prudencialmente los alimentos, no existiendo en esta etapa procesal nuevos antecedentes que ameriten una rebaja superior a la ya decretada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968 sobre Tribunales d
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