JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE ALTO HOSPICIO

VICTOR MANUEL ELGUETA SANCHEZ CONTRA JAVIER LUIS BRIONES MELLA

Rol

Fecha

14 de febrero de 2024

Materia

CONDUCCION SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 196 D LEY 18.290

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia anulada en su expositiva,

Fundamentos

considerando y citas legales. Y TENIENDO ADEMAS PRESENTE: PRIMERO: Que conforme el criterio de especificidad corresponde imponer a la conducta desplegada por el imputado la sanción prevista en el inciso primero del artículo 209 de la Ley 18.290. SEGUNDO: Como se señaló en la sentencia de nulidad, el inciso primero del artículo 209 de la Ley de tránsito dispone que “El conductor que hubiere sido condenado a las penas de suspensión o inhabilitación perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica o animal, y fuere sorprendido conduciendo un vehículo durante la vigencia de la sanción impuesta, será castigado con presidio menor en su grado mínimo y multa de hasta diez unidades tributarias mensuales”. TERCERO: A mayor abundamiento el inciso cuarto del artículo 395 del Código Procesal Penal dispone que “Si el imputado admitiere su responsabilidad en el hecho, el tribunal dictará sentencia inmediatamente. En estos casos, el juez no podrá imponer una pena superior a la solicitada en el requerimiento, permitiéndose la incorporación de antecedentes que sirvieren para la determinación de la pena”. CUARTO: Que el Ministerio Público ante la admisión de responsabilidad del imputado, solicitó se le impusiera la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de UTM y accesoria legal del tramo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 25, 30, 50, 67, 70, todos del Código Penal; artículos 194 y 209 de la Ley 18.290, artículos 393 y siguiente del Código Procesal Penal, y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se absuelve a JAVIER LUIS BRIONES MELLA, ya individualizado como autor del delito de conducción de vehículo motorizado sin tener licencia profesional por los hechos ocurridos en la comuna de Alto Hospicio el 31 de enero del año 2023. II.- Que, se condena a JAVIER LUIS BRIONES MELLA, ya individualizado como autor del delito de conducción durante la vigencia de una sanción previsto y sancionado en el artículo 209 inciso primero de la Ley 18.290 por los hechos ocurridos en la comuna de Alto Hospicio el 31 de enero del año 2023 a la pena de 61 días de presido menor en su grado mínimo, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y el pago a beneficio fiscal de una multa equivalente a 1/3 (un tercio) de Unidad Tributaria Mensual. III.- Que, cumpliéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de reclusión parcial por igual termino que la pena privativa de libertad que se sustituye, bajo la modalidad de reclusión parcial nocturna, consistente en el encierro en el domicilio del condenado entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DE REEMPLAZO: Iquique, catorce de febrero de dos mil veinticuatro. En cumplimiento de lo ordenado por el pronunciamiento de nulidad que precede y lo estatuido en el artículo 385 del Código Procesal Penal, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. VISTO: Se reproduce la sentencia anulada en su expositiva, considerando y citas legales. Y TENIENDO ADEMAS PRESENTE: PRIMERO: Que confor

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