SIN INFORMACION

MARTE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

16 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente. 1º) Que comparece don RODOLFO EDUARDO SALAZAR CASTILLO, quien interpone reclamo del artículo 141 de la ley N° 21.325, en representación de don NICOLAS MARTE ORTIZ, domiciliado en Calle Las Gonzalinas S/N, en Rancagua, Región de O’Higgins, en contra de la Resolución Exenta  Nº N° 86697 de fecha veintinueve de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, por medio de la cual se ordena la expulsión del territorio nacional del reclamante ya individualizado. 2º) Que, el artículo 141 de la Ley Nº 21.325 dispone “El afectado por una medida de expulsión podrá reclamar por sí o por cualquier persona en su nombre, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del plazo de diez días corridos, contado desde la notificación de la resolución respectiva”. 3º) Que, en virtud de lo previsto en la norma anteriormente transcrita, corresponde el conocimiento del presente arbitrio a la Corte de Apelaciones correspondiente al domicilio de la parte reclamante. Luego,

Fundamentos

considerando que el domicilio de la actora se encuentra ubicado en la comuna de Rancagua, la que se encuentra dentro de la competencia territorial de la Corte de Apelaciones de Rancagua – y tomando en cuenta lo establecido en el artículo 55, letra h) del Código Orgánico de Tribunales, resulta que este asunto ha sido atribuido por la ley a la jurisdicción de dicha Corte de Apelaciones.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículo 141 de la Ley N° 21.325 y artículo 55, letra h) del Código Orgánico de Tribunales, se declara que esta Corte de Apelaciones de Santiago es incompetente para conocer del presente arbitrio, debiendo remitirse estos antecedentes, por la vía más rápida, a la Iltma. Corte de Apelaciones de Rancagua para su conocimiento y fallo. Archívese, en su oportunidad, el presente ingreso. N°Contencioso Administrativo-122-2024.

Texto Completo (Preview)

cer C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente. 1º) Que comparece don RODOLFO EDUARDO SALAZAR CASTILLO, quien interpone reclamo del artículo 141 de la ley N° 21.325, en representación de don NICOLAS MARTE ORTIZ, domiciliado en Calle Las Gonzalinas S/N, en Rancagua, Región de O’Higgins, en contra de la Resolución Exenta  Nº N° 86697 de fecha

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica