SIN INFORMACION

QTES: PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS - AGRUPACION DE FAMILIARES DE EJECUTADOS POLITICOS TOMO III

Rol

Fecha

13 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que el estudio acucioso efectuado por esta Corte de los antecedentes del proceso, corrobora la pormenorizada y fundada resolución dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria, señor Guillermo de la Barra Dünner que denegó la solicitud de segunda reapertura del sumario requerida por la parte querellante. 2°) Que, la certificación de fojas 1457, ratifica los argumentos esgrimidos por el señor Ministro en Visita Extraordinaria al fundar la providencia objetada por esta vía, de modo que sólo puede concluirse que la investigación criminal en esta causa, se encuentra agotada, de modo que se desestimará el arbitrio formalizado. Por estas consideraciones, y de conformidad, además con lo dispuesto en el artículo 63 del Código de Procedimiento Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de catorce de julio de dos mil veintitrés, que rola de fojas 1443 a 1449. Regístrese y devuélvase. Redactó el ministro señor Antonio Mauricio Ulloa Márquez. N°Penal-3863-2023. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez e integrada por el Ministro (S) señor Sergio Córdova Alarcón y por el Abogado Integrante señor Oscar Torres Zagal. No firma el Abogado Integrante señor Torres por encontrarse ausente.

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además con lo dispuesto en el artículo 63 del Código de Procedimiento Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de catorce de julio de dos mil veintitrés, que rola de fojas 1443 a 1449. Regístrese y devuélvase. Redactó el ministro señor Antonio Mauricio Ulloa Márquez. N°Penal-3863-2023. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez e integrada por el Ministro (S) señor Sergio Córdova Alarcón y por el Abogado Integrante señor Oscar Torres Zagal. No firma el Abogado Integrante señor Torres por encontrarse ausente.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el estudio acucioso efectuado por esta Corte de los antecedentes del proceso, corrobora la pormenorizada y fundada resolución dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria, señor Guillermo de la Barra Dünner que denegó la solicitud de segunda reapertura del sumario requerida por la parte qu

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