SIN INFORMACION

ROSA UGALDE GALVIZA EN FAVOR DE:RAUL LEON NAVARRETE RECURRIDO:CENTRO POENITENCIARIO LA GONZALINA

Rol

Fecha

14 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Con fecha 19 de enero de 2024 comparece doña Rosa del Carmen Ugalde Galviza, en favor del condenado Raúl Alejandro León Navarrete, quien interpuso recurso de protección en contra de Gendarmería de Chile del Centro Penitenciario La Gonzalina. Señala que es abuela del imputado y pide su traslado a otra comuna y en el intertanto no sea sacado al patio del recinto, sino que sea mantenido en el respectivo módulo. Con fecha 31 de enero de 2024 comparece la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, informando al tenor del presente recurso, solicitando el rechazo del presente recurso y señalando que el interno tiene una condena que comprende el periodo entre el 30 de octubre de 2018 al 08 de septiembre de 2043, teniendo como tiempo mínimo de cumplimiento, el 27 de octubre de 2035, al haber cometido una diversidad de delitos, tales como hurto, robo con violencia, robo en lugar habitado, tráfico en pequeñas cantidades, entre otros delitos. Explica que consta en la sección de observaciones intrapenitenciarias, que el interno condenado solicitó el aislamiento voluntario al Módulo N°1 de Máxima Seguridad, con la finalidad de resguardar su integridad física, al mantener problemas con el resto de la población penal del Complejo Penitenciario de Rancagua, evidenciándose de esta manera, su segmentación agotada. En este sentido, precisa que el régimen de los Módulos de Máxima Seguridad, consiste en tener sólo 3 horas de patio al día, en razón del perfil criminológico que pertenecen los usuarios de dicho sistema. Luego, solicitar por parte de la requirente que, su nieto no tenga horas de patio, significa que estaría en un aislamiento voluntario al cien por ciento, constituyendo una afectación a su integridad psíquica. Expone que en razón de aquello, es que Dirección Regional, a través de Oficio Ordinario N°06.00.00.163/2024 de fecha 31 de enero de 2024, ha solicitado al Subdirector Operativo de la Dirección Nacional del Servicio, pronunciamiento de factibilidad de trasla

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1° Que, el recurso de protección establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, dificulte o amague ese ejercicio. 2° Que, el acto que la recurrente califica de ilegal y arbitrario estaría constituido por la afectación o riesgo a la integridad física que estaría sufriendo el condenado Raúl Alejandro León Navarrete, al interior y al salir al patio del módulo en que se encuentra en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Rancagua, por lo que pide su traslado a otra unidad penal. 3° Que, por su parte, el recurrido ha señalado que el afectado se encuentra en situación de aislamiento voluntario en el módulo de máxima seguridad del recinto penitenciario, atendidos los conflictos que ha mantenido con otros internos en todos los módulos que su clasificación penitenciaria permite, por lo que ésta se encuentra agotada. Por el motivo anterior, ya fue solicitado su traslado a otro penal, encontrándose actualmente a la espera de dicha decisión. Hace presente que mientras aquello no ocurra, el interno se mantendrá en el módulo de máxima seguridad, sin que pueda impedir su salida al patio, por cuanto aquello implicaría un aislamiento al cien por ciento, lo que afectaría su integridad psíquica. 4° Que, para resolver la controversia puesta en conocimiento de esta Corte, conviene tener presente que la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, D.L. 2859 de 1979, en su artículo 6 Nº 12, y en los artículos 24 y siguientes del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, contempla la facultad de la autoridad penitenciaria de determinar el establecimiento, módulo o celda donde los sentenciados deben cumplir sus penas y disponer sus traslados de acuerdo a la reglamentación vigente. 5° Que, encontrándose asentando que el módulo o establecimiento penitenciario específico donde debe permanecer cada condenado, responde a medidas de seguridad de cada penal, cuestión que es de responsabilidad y competencia de Gendarmería, autoridad que debe también velar por la seguridad de todos los reclusos a su cargo, del mérito de los antecedentes incorporados por la recurrida, se advierte que la integridad física del recurrente ha sido debidamente resguardada por Gendarmería. Asimismo, no se ha dado cuenta de la verificación de hechos concretos que permitan justificar una modificación del régimen y lugar en que el recurrente se encuentra actualmente recluido, y además, tal como informa gendarmería, el actual aislamiento del sentenciado ha sido voluntario atendidos sus problemas con otros internos, cuestión que por lo demás, Gendarmería ha señalado que ha tenido en consideración para evitar todo riesgo del afectado y solicitar su traslado a otro recinto penal, según lo pe

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales de la Excma. Corte Suprema, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Raúl Alejandro León Navarrete, en contra de Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de lo resuelto precedentemente, Gendarmería de Chile deberá adoptar todas las medidas que sean necesarias para garantizar el resguardo de la integridad física y psíquica del interno en cuyo favor se recurre. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol I. Corte 268-2024 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, catorce de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Con fecha 19 de enero de 2024 comparece doña Rosa del Carmen Ugalde Galviza, en favor del condenado Raúl Alejandro León Navarrete, quien interpuso recurso de protección en contra de Gendarmería de Chile del Centro Penitenciario La Gonzalina. Señala que es abuela del imputado y pide su traslado a otra comuna y en el in

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