JUZGADO DE GARANTIA DE TOME

1 COMISARIA DE CARABINEROS TOME C/ GUILLERMO ISAIAS MATAMALA SANCHEZ

Rol

Fecha

13 de febrero de 2024

Materia

LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Guillermo Isaías Matamala Sánchez, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado Garantía de Tomé, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizado como autor de dos delitos de desacato y uno de lesiones menos graves, en contexto de violencia intrafamiliar, discutiendo los presupuestos de las letras a) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y solicitando se revoque la resolución en alzada, disponiendo la libertad inmediata del imputado, o en subsidio, que quede sujeto a la medida cautelar del artículo 155 letra a), en modalidad total, o a la medida cautelar de menor intensidad que esta Corte estime pertinente. 2°.- Que, ahora bien, del mérito de autos y de lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, en concepto de esta Corte, y hasta ahora, se encuentra justificada la existencia de a lo menos dos de los tres delitos por los cuales fue formalizado el imputado, esto es, un delito de desacato y uno de lesiones menos graves, ambos en contexto de violencia intrafamiliar, lo que fluye de parte policial N° 193 de 5 de febrero del año en curso, que da cuenta que a las 13:05 horas funcionarios de Carabineros recibieron llamado telefónico de la CENCO para que acudiera hasta el Hospital de Tomé, a fin de verificar una situación de violencia intrafamiliar, lugar donde se entrevistan con la víctima, la que da cuenta, que durante la jornada de la mañana concurrió hasta su domicilio el imputado Guillermo Matamala Sánchez, el que le solicita ver a los dos hijos que mantienen en común y pernoctar en el domicilio, lo cual ella le responde que mantiene una medida de orden cautelar de prohibición de ingresar al domicilio y de acercarse a ella, momento en que éste se ofusca y la agrede con golpes de pies y puños en diferentes partes del cuerpo, para luego ser arrastrada por el suelo hasta el domicilio de una vecina, la que finalmente es

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos citados y los artículos 122, 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de siete de febrero de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Garantía de Tomé, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Guillermo Isaías Matamala Sánchez. Comuníquese de inmediato al juzgado de origen y devuélvase por la vía que corresponda. N°Penal-164-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción DED/mfmm Concepción, trece de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Guillermo Isaías Matamala Sánchez, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado Garantía de Tomé, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizado como autor de dos delitos de desaca

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