MINISTERIO PUBLICO / ROBERTO ANDRES MORA MORA
Rol
Fecha
13 de febrero de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°.- Que, conforme con los antecedentes de la investigación del Ministerio Público, se aprecia que se encuentran satisfechos los presupuestos exigidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2°.- Que, en efecto, no existe controversia sobre la existencia del delito, centrándose los cuestionamientos de la Defensa en la participación que se atribuye a Roberto Andrés Mora Mora. A este respecto, se aprecia que, más allá de la definición de las grabaciones de las cámaras de seguridad que se discute, lo cierto es que, al observar tales imágenes, el testigo que fue entrevistado por Carabineros, inmediatamente afirma que la persona que aparece es el imputado. Ello, es corroborado por los funcionarios policiales, quienes dan cuenta de la similitud de las características de Mora Mora. Con ello, bajo el estándar exigible en esta etapa preliminar de la investigación, resulta suficiente para estimar concurrente la participación atribuida. 3°.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, dado el número, naturaleza y gravedad de los ilícitos formalizados, la pena asignada en la ley y las condenas anteriores que registra, siendo indispensable la prisión preventiva dispuesta. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de seis de febrero del año en curso, que decretó la prisión preventiva de Roberto Andrés Mora Mora. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase inmediatamente. N°Penal-107-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de seis de febrero del año en curso, que decretó la prisión preventiva de Roberto Andrés Mora Mora. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase inmediatamente. N°Penal-107-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Chillán, trece de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°.- Que, conforme con los antecedentes de la investigación del Ministerio Público, se aprecia que se encuentran satisfechos los presupuestos exigidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2°.- Que, en efecto, no existe controversia sobre la existencia del delito, centrándose los cuestionamientos
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica