ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de febrero de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos 12°, 13° y 15°, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1.- El padre alimentante objetó la liquidación de 18 de abril de 2023 basado en la prescripción extintiva de la pensión acordada por las partes respecto de los alimentos devengados a contar de los años 2007 y 2010, fecha en que los alimentarios cumplieron, respectivamente, la mayoría de edad y, en su mérito, solicitó que, al acoger la citada objeción, se declare la prescripción de la deuda. 2.- Al respecto cabe recordar que el artículo 19 bis de la Ley N° 14.908 preceptúa que: “El plazo de...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, trece de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de sus fundamentos 12°, 13° y 15°, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1.- El padre alimentante objetó la liquidación de 18 de abril de 2023 basado en la prescripción extintiva de la pensión acordada por las partes respecto de los alimentos devengados a contar
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica