REMIUS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
13 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Marcelo Carvallo, en favor de Christine Remius, haitiana, domiciliada para estos efectos en calle Celita Gomberoff N° 732, comuna de San Ramón, recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado don Luis Thayer Correa, sociólogo domiciliado en San Antonio N° 580, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la omisión de pronunciamiento respecto de su solicitud de visa temporaria por reunificación familiar de 14 de marzo de 2023, lo que infringe los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N° 19.980; estima afectado el derecho a la igualdad ante la ley consagrado en el N° 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que se ordene al recurrido emitir pronunciamiento y resolver la solicitud. Segundo: Que informa la recurrida al tenor del recurso. Indica que la solicitud del recurrente fue acogida por Resolución Exenta N° 24044280 de 29 de enero de 2024, que le otorgó residencia temporal por dos años por reunificación familiar. Pide que se rechace el recurso por haber perdido oportunidad ya que se emitió pronunciamiento en relación a la solicitud del recurrente. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Cuarto: Que, por consiguiente, constituye presupuesto indispensable de la acción cautelar de protección la existencia de un acto u omisión ilegal -contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho de quienes incurren en él-, que provoque alguna de las situaciones que se han indicado y que afecte, además, una o más de las garantías cons
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Christine Remius, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 262-2024 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, trece de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Marcelo Carvallo, en favor de Christine Remius, haitiana, domiciliada para estos efectos en calle Celita Gomberoff N° 732, comuna de San Ramón, recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado don Luis Thayer Correa, sociólogo domiciliado en San Antonio N°
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