EMPRESA ELECTRICA CAREN S.A/PINCHEIRA
Rol
Fecha
16 de febrero de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Jaime Moraga Carrasco, en contra de la resolución de fecha treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, escrita a folio 78 en el cuaderno principal, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Civil-231-2024.(pjr)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Jaime Moraga Carrasco, en contra de la resolución de fecha treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, escrita a folio 78 en el cuaderno principal, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Civil-231-2024.(pjr)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Jaime Moraga Carrasco, en contra de la resolución de fecha treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, escrita a fo
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