YOANA MAGALI GOMEZ MEDINA /NOTARIA, CONSERVADOR DE
Rol
Fecha
12 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Constatándose de los hechos expuestos en la presente acción constitucional, que éstos no constituyen vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, sino más bien el eventual incumplimiento del arancel por parte del recurrido, lo que podría significar un incumplimiento de sus obligaciones, lo que es perseguible por vía disciplinaria y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Sin perjuicio de lo resuelto, se ordena pasar los antecedentes al Tribunal Pleno de esta Corte, para los fines pertinentes. Regístrese y archívese N°Protección-1285-2024.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Sin perjuicio de lo resuelto, se ordena pasar los antecedentes al Tribunal Pleno de esta Corte, para los fines pertinentes. Regístrese y archívese N°Protección-1285-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/par Concepción, doce de febrero de dos mil veinticuatro. A lo principal y otrosíes: Visto: Constatándose de los hechos expuestos en la presente acción constitucional, que éstos no constituyen vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, sino más bien el eventual incumplimiento del arancel po
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