MINISTERIO PÚBLICO/JORGE ROMERO VALENZUELA
Rol
Fecha
12 de febrero de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en la audiencia de preparación del juicio oral de este proceso RIT N° 4649-2019, RUC N° 1901268396-3, seguido ante el Quinto Juzgado de Garantía de Santiago, y en lo que interesa para este recurso, se hizo lugar a la petición de exclusión de prueba formulada por la defensa del imputado, específicamente de los partes denuncias Nos 5797 y 3465, de la Cuadragésima Quinta Comisaría y de la Quincuagésima Quinta Comisaría de Carabineros de Chile, respetivamente, fundada en lo dispuesto en el artículo 334 del Código Procesal Penal. Segundo: Que con arreglo al inciso primero de este último precepto, salvo en los casos previstos en los artículos 331 y 332, no se podrá incorporar o invocar como medios de prueba ni dar lectura durante el juicio oral, a los registros y demás documentos que dieren cuenta de diligencias o actuaciones realizadas por la policía o el ministerio público. Ahora bien, la norma que regula las causales de exclusión de prueba es el artículo 276 del señalado Código, de conformidad al cual el juez de garantía, luego de examinar las pruebas ofrecidas y escuchar a los intervinientes que hubieren comparecido a la audiencia, ordenará fundadamente que se excluyan de ser rendidas en el juicio oral aquellas que fueren manifiestamente impertinentes, las que tuvieren por objeto acreditar hechos públicos y notorios, las que provinieren de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas y aquellas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales. Tercero: Que, como puede advertirse, la exclusión de pruebas únicamente puede sustentarse en las cuatro hipótesis que señala la ley en este precepto y en las que eventualmente se contemplen en disposiciones especiales, como acontece con el inciso primero del artículo 316 en relación al informe de peritos. Ahora bien, en el caso de la especie la decisión del tribunal a quo se ha sustentado en la prohibición de rendir como prueba aquella mencionad
Fundamentos
fundamentos que en ella se exponen. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Rol Corte: Penal-395-2024 Ruc: 1901268396-3 Rit : O-4649-2019 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en el inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de diecinueve de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el Quinto Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT N° 4649-2019, RUC N° 1901268396-3, en virtud de la cual se excluyó de la prueba ofrecida por el Ministerio Público en el escrito de acusación la singularizada como prueba documental N° 9 y 10, y en su lugar se declara que se la incorpora al auto de apertura del juicio oral, rechazándose, en consecuencia, la solicitud de la defensa en tal sentido. Acordada contra el voto de la Ministra suplente señora Villegas, quien fue de parecer de confirmar la referida resolución, en virtud de los fundamentos que en ella se exponen. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Rol Corte: Penal-395-2024 Ruc: 1901268396-3 Rit : O-4649-2019 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, doce de febrero de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-395-2024 Ruc: 1901268396-3 Rit : O-4649-2019 Juzgado: 5° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jaime Balmaceda Errazuriz, señora María Paula Merino Verdugo y el Ministro (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich Relator: Felipe González Digitador (a): Elena Vale
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