PATRICIA MARTINEZ ROMERO C/ MARIA SELENIA PULIDO BERBESI
Rol
Fecha
8 de febrero de 2024
Materia
INJURIA (ACCION PRIVADA). ART. 416 AL 420.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Que, del mérito de los antecedentes que constan en la carpeta digital, como de las alegaciones vertidas en estrados, puede establecerse que los querellantes carecían de motivo plausible para litigar desde que la conducta de la querellada obedeció a protocolos estandarizados y estuvo exenta de dolo. Y aún más, consta la persistencia de los querellantes en el desarrollo del pleito, mediante extensas audiencias de prueba, pese a haberse ofrecido disculpas por la querellada, cuestiones que no permiten eximirla de la carga procesal impuesta por el a quo. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha trece de enero pasado. Téngase a los intervinientes por notificados, sin perjuicio de su notificación por estado diario. Devuélvase. R.I.C N° Penal-58-2024.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha trece de enero pasado. Téngase a los intervinientes por notificados, sin perjuicio de su notificación por estado diario. Devuélvase. R.I.C N° Penal-58-2024.-
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán mgab/rps Chillán, ocho de febrero de dos mil veinticuatro. Visto: Que, del mérito de los antecedentes que constan en la carpeta digital, como de las alegaciones vertidas en estrados, puede establecerse que los querellantes carecían de motivo plausible para litigar desde que la conducta de la querellada obedeció a protocolos estandarizados y estuvo exenta de dolo. Y aún más, consta l
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