3° JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUERTO MONTT

INMOBILIARIA POWER CENTER LTDA CON MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT

Rol

Fecha

8 de febrero de 2024

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

INADMISIBLE/ANULADA OFICIO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos Con el mérito de los antecedentes que obran en el proceso, lo expuesto en la relación y lo solicitado por la parte recurrida en su escrito de folio 7 y reiterado en sus alegatos en estrados, estimando estos sentenciadores que la resolución impugnada de fecha 26 de mayo de 2022 es una que hace imposible la continuación del juicio, resultando únicamente apelable de conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la ley 18.287 sobre tramitación ante los Juzgados de Policía Local, resultando improcedente, por tanto, la forma de interposición efectuada por la recurrente de su recurso de folio 67; en consecuencia, se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario deducido por la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt de fecha 10 de marzo de 2022. Sin perjuicio de lo anterior, teniendo presente las facultades otorgadas por el artículo 35 de la ley 18.287 y lo dispuesto en los artículos 83 y 84 del Código de Procedimiento Civil, advirtiendo estos sentenciadores que la declaración de incompetencia pronunciada por el Tribunal con fecha 26 de mayo de 2022 importa un vicio manifiesto que resulta subsanable sólo con la declaración de nulidad de la misma, por cuanto aquella no resulta ajustada al mérito del proceso ni a la etapa procesal en que se encontraba la causa al momento de ser dictada, toda vez que la denuncia interpuesta por la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt persigue la declaración de una eventual responsabilidad de la denunciada en el uso de un bien nacional de uso público, cuestión que necesariamente debe ser zanjada mediante un pronunciamiento sobre el fondo del asunto, máxime si las partes en estos autos resultan ser diversas a aquella invocada por la recurrida sobre impugnación de un acto expropiatorio que se sigue ante el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt bajo el Rol C-3371-2021, la cual, además, persigue un objeto distinto al del presente ingreso, y resultando necesario, en consecuencia, efectuar correcciones a la tra

Fallo

por tanto, la forma de interposición efectuada por la recurrente de su recurso de folio 67; en consecuencia, se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario deducido por la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt de fecha 10 de marzo de 2022. Sin perjuicio de lo anterior, teniendo presente las facultades otorgadas por el artículo 35 de la ley 18.287 y lo dispuesto en los artículos 83 y 84 del Código de Procedimiento Civil, advirtiendo estos sentenciadores que la declaración de incompetencia pronunciada por el Tribunal con fecha 26 de mayo de 2022 importa un vicio manifiesto que resulta subsanable sólo con la declaración de nulidad de la misma, por cuanto aquella no resulta ajustada al mérito del proceso ni a la etapa procesal en que se encontraba la causa al momento de ser dictada, toda vez que la denuncia interpuesta por la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt persigue la declaración de una eventual responsabilidad de la denunciada en el uso de un bien nacional de uso público, cuestión que necesariamente debe ser zanjada mediante un pronunciamiento sobre el fondo del asunto, máxime si las partes en estos autos resultan ser diversas a aquella invocada por la recurrida sobre impugnación de un acto expropiatorio que se sigue ante el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt bajo el Rol C-3371-2021, la cual, además, persigue un objeto distinto al del presente ingreso, y resultando necesario, en consecuencia, efectuar correcciones a la tramitación del pro

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Puerto Montt, ocho de febrero de dos mil veinticuatro Vistos Con el mérito de los antecedentes que obran en el proceso, lo expuesto en la relación y lo solicitado por la parte recurrida en su escrito de folio 7 y reiterado en sus alegatos en estrados, estimando estos sentenciadores que la resolución impugnada de fecha 26 de mayo de 2022 es una que hace imposible la continuación del juicio, resulta

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