JUAN CARLOS SANCHEZ SUNG/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
8 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Leopoldo Humberto Romero Yáñez interpone recurso de amparo en representación de don Juan Carlos Sánchez Sung, cédula nacional de identidad para extranjeros N° 27.817.011-K, nacionalidad peruana, trabajador dependiente, casado, domiciliado en Calvo de Barrientos 1256, comuna de San Bernardo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por no dar respuesta a su solicitud de residencia temporal, lo que vulnera su derecho a la libertad personal y seguridad individual, consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Expone que su representado ingresó al territorio nacional regularmente el 3 de abril de 2021, obteniendo visa de turista. Agrega que se mantuvo en el país trabajando en distintos lugares y que al contar con cédula de identidad y un contrato de trabajo decidió solicitar visa de permanencia temporal sujeta a contrato el año 2022, no recibiendo una respuesta del recurrido, lo que amenaza y perturba su libertad personal y seguridad individual, toda vez que se le impide regularizar su situación migratoria y poder desplazarse en forma tranquila por el territorio nacional, además de poner en peligro su situación laboral y familiar en Chile. Previas citas legales, solicita se acoja el recurso y se restablezca el imperio del derecho, ordenando a la recurrida acoger a trámite la solicitud de visa temporal. Posteriormente al abogado recurrente aclara su acción, indicando que su representado se ha dirigido en reiteradas ocasiones a las dependencias de la recurrida para solicitar su visa temporal, pero que funcionarios de migraciones no le reciben los antecedentes, siendo este hecho el fundamento del recurso. Segundo: Que informa la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile, indicando que el recurrente registra como último movimiento migratorio un ingreso al país por el Aeropuerto Arturo Merino Benítez el 9 de agosto de 2022, proceden
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido por el abogado Leopoldo Humberto Romero Yáñez en representación de don Juan Carlos Sánchez Sung, en contra Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°71-2024 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó en contra del recurso de amparo la abogada doña Paula Díaz Miranda. San Miguel, 8 de febrero de 2024. Cristián Calderón Bórquez, Relator. San Miguel, ocho de febrero de dos mil veinticuatro. A los folios 17 y 18: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Leopoldo Humberto Romero Yáñez interpone recurso de amparo en r
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