SIN INFORMACION

VEGA VALDIVIA, GABRIEL ANTONIO/JUZGADO DE GARANTÍA DE OVALLE

Rol

Fecha

8 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

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ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece EUNICE SCARLET EPIFANI VILLALOBOS, defensora penal pública licitada, en representación de GABRIEL ANTONIO VEGA VALDIVIA, condenado en causa RIT 3347-2019, RUC 1900104179-k, deduciendo acción de amparo en contra de la resolución de 31 de enero de 2024, pronunciada por el juez titular del Juzgado de Garantía de Ovalle, don Luis Muñoz Caamaño, por medio de la cual, ilegal y arbitrariamente decreta la revocación de la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad ordenando su cumplimiento de forma efectiva. Expone que el 18 de mayo de 2021 el sentenciado fue condenado por requerimiento en procedimiento simplificado a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 2 unidades tributarias mensuales y suspensión de su licencia para conducir vehículos motorizados por el término de dos años como autor de un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, concediéndose a su representado la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, en razón de 40 horas de servicio por cada 30 días que ha sido condenado, de manera que la prestación de servicios un total de 82 horas. Destaca que a la época de haber sido condenado se encontraba vigente la alerta sanitaria producto de la pandemia por COVID -19, por lo que no se estaban realizando programas de prestación de Servicios en Beneficios de la comunidad por parte de Gendarmería de Chile. Indica que según el informe de Gendarmería, el 23 de junio de 2023 se tomó contacto con el condenado, a fin de activar dicho cumplimiento, ante lo cual este señaló que se encontraba trabajando en la ciudad de Talca, en faenas a fin de procurarse recursos. En este sentido, hace presente el espíritu del legislador en esta materia, que dispuso como objetivos primarios de la ley 18.216 modificada por la ley 20.603, la reinserción social y responsabilización por las penas sustitutivas impuestas. Sin embargo, su representado no compareció a la audiencia de rigor de manera presencial, compareciendo a través del sistema de videoconferencia, hecho que el señor juez no permitió, teniéndolo por ausente. Añade que aún en este entendido la defensa enfatizó en el hecho que para proceder a la revocación o a la discusión respecto de un eventual quebrantamiento de la pena sustitutiva era necesario escuchar al sentenciado a fin de oír si es que tiene o no una justificación en relación con dicho incumplimiento, solicitando la reprogramación de la audiencia. Refiere que el señor Juez de Garantía consideró la comparecencia vía plataforma telemática como “tampoco ha comparecido a esta audiencia lo hace subrepticiamente por videoconferencia, lo cual es una burla para el Tribunal…”. Acto seguido, decreta la revocación de la pena sustitutiva, ordenando su cumplimiento efectivo. Todo lo anterior, en ausencia del condenado sin ser oído, además dicha revocación se ordena sin que el condenado haya dado inicio a la pena sustitu

Fallo

Por estas consideraciones solicita se disponga la revocación de la resolución ya señalada y se ordene el cumplimiento de la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad o en subsidio, la realización de audiencia emplazando la comparecencia a la realización de una nueva audiencia a fin de que el condenado sea oído. SEGUNDO: Que, evacuó informe Luis Alberto Muñoz Caamaño, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle. Expone que, en los antecedentes Rit 3347-2019, seguidos en ese Tribunal en contra de Gabriel Antonio Vega Valdivia, por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, el imputado fue condenado el 19 de mayo de 2021, a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo más multa de 2 unidades tributarias mensuales, concediéndosele la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad regulada en los artículos y siguientes de la Ley 18.216. Destaca que en la misma sentencia se advirtió al condenado de presentarse dentro de quinto día a iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva, bajo apercibimiento de revocarle esta y ordenar el cumplimiento efectivo de la pena corporal Refiere que el 31 de enero del presente año, se llevó a efecto la audiencia programada a raíz del informe del Centro de Reinserción Social de Ovalle, de no presentación del condenado a dar inicio a la pena sustitutiva. En la referida audiencia, que estuvo presidida por ese Juez, después de oír a los intervin

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Vega Valdivia, Gabriel Antonio Juzgado de Garantía de Ovalle Recuso de Amparo Rol N° 48-2024.- La Serena, ocho de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece EUNICE SCARLET EPIFANI VILLALOBOS, defensora penal pública licitada, en representación de GABRIEL ANTONIO VEGA VALDIVIA, condenado en causa RIT 3347-2019, RUC 1900104179-k, deduciendo acción de amparo en c

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