JIMÉNEZ/AGUAYO
Rol
Fecha
8 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGE RECURSO DE HECHO
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se presenta Sandra Betancourt Pino, abogada, defensora penal pública, por su representado Celso Romanoch Jiménez Sanhueza, en causa RIT 7967-2023, RUC 2301228296-6, del Juzgado de Garantía de Concepción, deduciendo recurso de hecho en contra de las resoluciones de 12 y 13 de diciembre de 2023, que admite a tramitación el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y por la querellante Delegación Presidencial Región del Biobío respectivamente, en contra de la resolución dictada en audiencia de artículo 458 del Código Procesal Penal el día 07 de diciembre de 2023 por el juez Juan Pinochet Tejos, del Juzgado de Garantía de Concepción, por la cual se suspendió el procedimiento en conformidad a este último artículo. Funda su recurso en que en esta última audiencia se discutió la suspensión, en conformidad al artículo 458, por haber tomado conocimiento la defensa de antecedentes que hacen presumir la inimputabilidad del encartado en autos. En dicha oportunidad el Juzgado de Garantía de Concepción estimó que los antecedentes hechos valer por la defensa resultaban suficientes para presumir la inimputabilidad del imputado, resolviendo la suspensión del procedimiento en conformidad con el artículo 458 del Código Procesal Penal, nombrando curador ad litem a José Celso Jiménez Vergara, cédula de identidad N° 9.412.769-6 y remitiendo oficio en esa misma fecha “a fin de que se efectúe al imputado Celso Romanoch Jiménez Sanhueza una evaluación psiquiátrica, remitiendo el resultado de la misma al Tribunal, señalando con toda claridad si padece de alguna patología o enfermedad mental y que pudiese producir peligro para sí mismo o terceros al tenor de lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal” a las siguientes instituciones: -Director del Hospital Guillermo Grant Benavente – Unidad de Psiquiatría. -Jefe de al Jefe de la Unidad de Psiquiatría del Hospital Regional. - Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario Biobío. - Secretaría Ministerial de Salud del Biobío. Contra dicha resolución el Ministerio Público y la Delegación Presidencial Región del Biobío interpusieron recurso de apelación al tenor del artículo 370 letra a) del Código Procesal Penal. Sin embargo, en concepto de la recurrente la resolución impugnada no es de aquellas apelables según el artículo 370 del Código Procesal Penal toda vez que la suspensión del artículo 458 del mismo cuerpo legal, más allá del vocablo “suspensión” no tiene el efecto de paralizar de forma absoluta el procedimiento, toda vez que no es impedimento para la realización de diligencias dirigidas a esclarecer los hechos. Así las cosas, los efectos de la suspensión, según establece el mismo Código Procesal Penal, en su artículo 459 se limitan a que los derechos del imputado en caso de que existan antecedentes que hagan presumir la enajenación mental del mismo, serán ejercidos por un curador ad litem, sin que ello impida la prosecución de la causa, pudiendo llegar in
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales y en virtud de lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal se resuelve que SE ACOGE el recurso de hecho presentado por la defensora penal pública Sandra Betancourt Pino por su representado Celso Romanoch Jiménez Sanhueza, en contra la resolución dictada con fecha 13 de diciembre del año 2023, que declaró admisible la apelación interpuesta por la querellante Delegación Presidencial Región del Biobío, en contra de la resolución dictada en audiencia del día 07 de diciembre de 2023 por el Juzgado de Garantía de Concepción, por la cual suspendió el procedimiento en conformidad al artículo 458 del Código Procesal Penal, apelación que se declara INADMISIBLE. Háganse las comunicaciones pertinentes a la causa Rol Corte 1677-2023 Penal. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del ministro señor Jordán. Rol 1679-2023 – Penal.
Texto Completo (Preview)
Concepción, ocho de febrero del año dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se presenta Sandra Betancourt Pino, abogada, defensora penal pública, por su representado Celso Romanoch Jiménez Sanhueza, en causa RIT 7967-2023, RUC 2301228296-6, del Juzgado de Garantía de Concepción, deduciendo recurso de hecho en contra de las resoluciones de 12 y 13 de diciembre de 2023, que admite
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