SIN INFORMACION

TRONCOSO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONALDE CHILLÁN

Rol

Fecha

8 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece el Defensor Penal Público Penitenciario Jonathan Romo Villegas, en representación de Juan Andrés Troncoso Mora, quien cumple condena en el CET. YUNGAY, y ejerce acción constitucional de amparo contra de la Resolución Exenta N° 263-2023 de fecha 12 de octubre de 2023, suscrita por la Comisión de Libertad Condicional, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, sin ajustarse a la normativa vigente, tornando su privación de libertad en un acto ilegal y arbitrario. Refiere que el amparado cumple condena de 10 años y 1 día de presidio mayor en grado medio por el delito de robo con violencia en causa RIT 66-2015, RUC 1400352001-4 seguida ante el Tribunal Oral en lo Penal de Chillán; y 541 dais de presidio menor en su grado medio, por el delito de lesiones graves en causa RIT 210-2014, RUC 1400600862-4 ante el Tribunal Oral en lo Penal de Chillán. Según ficha única, inició su condena con fecha 23-01-2016, teniendo como fecha de término el 15-07-2027, cumpliendo el tiempo mínimo de postulación a libertad condicional el 16-09-2023. En cuanto a la conducta, registra “Muy Buena”, a lo menos desde bimestres noviembre-diciembre 2022 hasta la fecha (6 bimestres), no registrando faltas al régimen disciplinario. Sin perjuicio de reunir los requisitos legales exigidos en el D.L 321 y el reglamento que regula la libertad condicional, la Comisión mediante resolución Nº 263-2023 de fecha 12 de octubre del 2023 rechazó la concesión de la misma a mi representado fundado en el siguiente argumento: (…) “6° Que, no obstante que el solicitante JUAN ANDRES TRONCOSO MORA, cumple con los requisitos contenidos en los numerales 1, y 3 del artículo 2° del referido Decreto Ley, esto es, mínimo de tiempo de cumplimiento de condena, haber observado conducta intachable durante el cumplimiento de ésta y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chi

Fundamentos

motivos precedentes, se concluye que el interno no se encuentra apto para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Que, de acuerdo a lo expuesto y visto a demás lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 3°, 3° bis, 3° ter; 4° y 5° del Decreto Ley N° 321 del Ministerio de Justicia,

Fallo

se resuelve: DENEGAR el beneficio de Libertad Condicional a JUAN ANDRES TRONCOSO MORA,cédula nacional de identidad N° 15.677.008-6”(…). Afirma el letrado que la resolución impugnada es un acto ilegal que infringe lo dispuesto en el Decreto Ley 321 sobre Libertad Condicional y el Decreto Supremo 338, Reglamento de Ley de Libertad Condicional vigente a la fecha. Sostiene que Troncoso Mora cumple el tiempo mínimo de postulación a Libertad Condicional desde el día 16 de septiembre de 2023, ergo se encuentra satisfecho a cabalidad el primer requisito señalado por la ley. Además, cumple con la conducta requerida al ser calificado de manera “Muy Buena” a lo menos desde bimestres noviembre-diciembre 2022 hasta la fecha (6 bimestres). Hace presente que no registra faltas disciplinarias al régimen penitenciario, según el formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional. También cuenta con un informe de postulación psicosocial confeccionado por los profesionales del área técnica de Gendarmería de Chile de C.E.T de Yungay el 13 de septiembre de 2023. Dicho informe da cuenta de los avances y resultados positivos en diversos factores: Presenta una adecuada conciencia del delito y del daño causado, logrando asimilar la condena por la cual se encuentra privado de libertad; se destaca como recursos protectores su familia la cual no presenta antecedentes delictuales; durante su proceso privativo de libertad ha participado en cursos de capacitación tales como: año 202

Texto Completo (Preview)

Chillán, ocho de febrero de dos mil veinticuatro. Visto: 1°.- Que, comparece el Defensor Penal Público Penitenciario Jonathan Romo Villegas, en representación de Juan Andrés Troncoso Mora, quien cumple condena en el CET. YUNGAY, y ejerce acción constitucional de amparo contra de la Resolución Exenta N° 263-2023 de fecha 12 de octubre de 2023, suscrita por la Comisión de Libertad Condicional, medi

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