M.P M.P C/ SILVANA DEL CARMEN QUINTANA HERNANDEZ Y MARIA FERNANDA QUINTANA CARCAMO
Rol
Fecha
8 de febrero de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizada la investigación. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, la libertad de las imputadas constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza del ilícito, pena asignada y bien jurídico protegido, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución de treinta de enero del año en curso, dictada por el Décimo Quinto Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva de las imputadas Silvana del Carmen Quintana Hernández y María Fernanda Quintana Cárcamo. Comuníquese vía interconexión. N° 371-2024 Penal.
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Fecha: ocho de febrero de dos mil veinticuatro. Sala: SEGUNDA SALA Rol Corte: Penal-371-2024 Ruc: 2400123595-4 Rit: 401-2024 15° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. Ministro de fe: Sebastián Vergara de la Rivera. Imputado: MP.C/SILVANA DEL CARMEN QUINTANA HERNÁNDEZ Y MARÍA FERNANDA QUINTANA CARCAMO. Tipo de Recurso: Penal-Apelación cautelar personal Resolución de Escritos en Audiencia: 2 (folios 3
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