SIN INFORMACION

JIM CARRASCO HUENCHULEO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

8 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Rodolfo Robles Pino, abogado, Defensor Penal Público Penitenciario, interpone acción constitucional de amparo en favor de Jim José Carrasco Huenchuleo, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que, en sesión realizada el 18 de octubre de 2023, rechazó otorgarle el beneficio solicitado. Indica que su representado se encuentra cumpliendo dos condenas privativas de libertad, una de 5 años y 1 día por el delito de robo con intimidación, impuesta por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, y otra, de 3 años y 1 día, por el mismo delito, impuesta por el Juzgado de Garantía de Puente Alto (sic). Añade que inició el cumplimiento de sus condenas el 2 de diciembre de 2017; que su fecha estimada de término es el 12 de agosto de 2025 y que el tiempo mínimo para optar a la Libertad Condicional se verificó el 11 de diciembre de 2022. Agrega que ha mantenido muy buena conducta los últimos 7 bimestres y que reúne los demás los requisitos exigidos por la ley para optar al beneficio de libertad condicional. Pide que se acoja el recurso, se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, y se conceda dicha libertad a su representado. Segundo: Que informa por la Comisión de Libertad Condicional, al tenor del recurso, su presidente, el ministro señor Edwin Danilo Quezada Rojas, quien expone que la referida comisión, habiendo oído la relación de los antecedentes acompañados a la postulación, y previo análisis y debate de éstos, rechazó la solicitud de libertad condicional de la recurrente fundando en que: “Analizados y ponderados los antecedentes que constan en la carpeta remitida por Gendarmería de Chile, se concluye que el interno, quien tiene un riesgo de reincidencia alto, mantiene necesidades de intervención muy altas en el área pares y altas en educación/empleo, uso de tiempo libre, actitud procriminal y patrón antisocial. Asimismo consta que el condenado no exhibe conciencia de

Fundamentos

considerando séptimo de esta sentencia y el hecho de ser los fundamentos de la acción interpuesta propios de un recurso de apelación respecto de la decisión de la Comisión de Libertad Condicional, lo que resulta improcedente. Regístrese y en su oportunidad, archívese. N°77-2024 Amparo. PAGE 4

Texto Completo (Preview)

Certifico que alegó por el recurso la abogada Denisse Morales Beretta. San Miguel, 8 de febrero de 2024, Sebastián Vergara de la Rivera, relator. San Miguel, ocho de febrero de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 10: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Rodolfo Robles Pino, abogado, Defensor Penal Público Penitenciario, interpone acción constitucional de amparo en f

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