JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUTAENDO

BANCO DE ESTADO DE CHILE/ESPINOSA

Rol

21847-2022

Fecha

20 de septiembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo Presente: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Putaendo, bajo el Rol C-98-2021, caratulado “Banco de Estado de Chile con Espinosa”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el ejecutante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso de fecha veinticuatro de mayo de dos mil veintidós, que confirmó el fallo de primer grado de dos de marzo del año en curso, que acogió la excepción de incompetencia interpuesta por la ejecutada del numeral 1º del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que el recurrente de nulidad sustancial afirma que el fallo cuestionado infringe lo mandatado en el artículo 464 N°1 del Código de Procedimiento Civil en relación con los artículos 138, 181 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, 580 y 581 del Código Civil. Sostiene, en síntesis, que al acoger la excepción dilatoria de incompetencia del tribunal, los sentenciadores han desconocido por completo el acuerdo de las partes, el cual consta en el pagaré suscrito por la ejecutada en virtud del cual se pacta una cláusula de prórroga de competencia, siendo competente el tribunal de Putaendo. Finaliza solicitando que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que acoja la demanda ejecutiva. Tercero: Que para una acertada resolución del recurso resulta conveniente dejar constancia de los siguientes antecedentes del proceso: 1.- La causa se inicia con la interposición de una demanda en juicio ejecutivo de cobro de pagaré por Banco del Estado de Chile en contra de Marioli Paz Espinosa Espinosa, domiciliada en Rinconada de Guzmanes La Cancha S/N, Putaendo y/o Josefina Gavilán N°378, Los Lirios Dpt 378, Concepción, a fin se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $8.516.875.- más intereses pactados y costas. 2.- La ejecutada opuso la excepción de incompetencia de

Fallo

fallo de primer grado de dos de marzo del año en curso, que acogió la excepción de incompetencia interpuesta por la ejecutada del numeral 1º del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que el recurrente de nulidad sustancial afirma que el fallo cuestionado infringe lo mandatado en el artículo 464 N°1 del Código de Procedimiento Civil en relación con los artículos 138, 181 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, 580 y 581 del Código Civil. Sostiene, en síntesis, que al acoger la excepción dilatoria de incompetencia del tribunal, los sentenciadores han desconocido por completo el acuerdo de las partes, el cual consta en el pagaré suscrito por la ejecutada en virtud del cual se pacta una cláusula de prórroga de competencia, siendo competente el tribunal de Putaendo. Finaliza solicitando que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que acoja la demanda ejecutiva. Tercero: Que para una acertada resolución del recurso resulta conveniente dejar constancia de los siguientes antecedentes del proceso: 1.- La causa se inicia con la interposición de una demanda en juicio ejecutivo de cobro de pagaré por Banco del Estado de Chile en contra de Marioli Paz Espinosa Espinosa, domiciliada en Rinconada de Guzmanes La Cancha S/N, Putaendo y/o Josefina Gavilán N°378, Los Lirios Dpt 378, Concepción, a fin se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $8.516.875.- más intereses pactados y costas. 2.- La ejecutada opuso la excepc

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo Presente: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Putaendo, bajo el Rol C-98-2021, caratulado “Banco de Estado de Chile con Espinosa”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el ejecutante en contra de l

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica