15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

HÜBNER/SALVO

Rol

Fecha

9 de febrero de 2024

Materia

MONITORIO, COBRO RENTAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que atendido lo dispuesto en artículo 18-J de la Ley 18.101 " en el procedimiento monitorio sólo será apelable, en el solo efecto devolutivo, la resolución que se pronuncie respecto de la oposición del deudor”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandante, el quince de enero de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de doce del mismo mes y año. Devuélvase. N°Civil-1384-2024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandante, el quince de enero de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de doce del mismo mes y año. Devuélvase. N°Civil-1384-2024.

Texto Completo (Preview)

gail C.A. de Santiago Santiago, nueve de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Que atendido lo dispuesto en artículo 18-J de la Ley 18.101 " en el procedimiento monitorio sólo será apelable, en el solo efecto devolutivo, la resolución que se pronuncie respecto de la oposición del deudor”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además,

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