SIN INFORMACION

SAAVEDRA/JUZGADO DE LETRAS DE SAN CARLOS

Rol

Fecha

7 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece Jaime Patricio Saavedra Olivera, abogado por la parte demandante, en causa Rol C-97-2022, caratulado “CONTRERAS/ESPINOSA”, seguida ante el 1° Juzgado de Letras de San Carlos, interponiendo recurso de hecho, en contra de la resolución de fecha 08 de noviembre de 2023, notificada con la misma fecha, que no da lugar al recurso de apelación presentado con fecha siete de noviembre de 2023, por estimar el tribunal de primera instancia, que la interposición ha sido extemporánea, en virtud del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil. Expone que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 189 antes mencionado, el principio sentenciador de nuestro procedimiento civil es la bilateralidad de la audiencia y el derecho constitucional de tener un debido proceso, lo cual se establece en el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República. En virtud de lo anterior indica que, el recurso de apelación se ha interpuesto dentro de plazo, toda vez, que la sentencia definitiva fue notificada a la demandada con fecha 03 de noviembre de 2023, en consecuencia, la apelación fue interpuesta antes de los 10 días de notificada la última de las partes. Agrega que, pretender que su parte presente un recurso de apelación con tanta anticipación a la fecha efectiva de notificación de los demandados, los deja en desventaja procesal que el derecho no puede amparar ya que no se encuentra acorde a un debido proceso, racional y justo, puesto que le otorgaría a la demandada, herramientas procesales y materiales de las cuales su parte no hubiera dispuesto, conculcando con ello también el principio de bilateralidad de la audiencia y de igualdad de armas, concluyendo, por tanto, que el recurso se encuentra dentro de plazo y ajustado a derecho. Finaliza solicitando que, se tenga por interpuesto recurso de hecho en contra de la resolución de fecha ocho de noviembre de 2023, que niega la apelación a esta parte, y en definitiva ordenar que se eleven los autos para

Fallo

por tanto, que el recurso se encuentra dentro de plazo y ajustado a derecho. Finaliza solicitando que, se tenga por interpuesto recurso de hecho en contra de la resolución de fecha ocho de noviembre de 2023, que niega la apelación a esta parte, y en definitiva ordenar que se eleven los autos para ante esta misma Ilustrísima Corte de Apelaciones, para que, conociendo del recurso de apelación, deje sin efecto la sentencia definitiva de primera instancia, y conceda a esta parte lo solicitado en la demanda, es decir, que el contrato de compraventa es simulado ya sea por falta de objeto según se determine, o por no haberse pagado el precio y en su caso por falta de causa, que a consecuencia de esto se retrotraigan las partes al estado anterior a la celebración del contrato señalado, ordenándose la cancelación de las inscripciones, con expresa condenación en costas. 2°.- Que informa don David Hernán Bravo Villarroel, Juez Suplente del 1° Juzgado de Letras de San Carlos, indicando que es efectivo que se sigue ante el tribunal el proceso civil C-97-2022, procedimiento ordinario de mayor cuantía, en el cual el recurrente actúa en representación de los demandantes. Señala que el 18 de agosto de 2023, se dictó sentencia definitiva de primera instancia en el proceso indicado, y que a través de escrito, de fecha 21 de agosto de 2023, presentado por el recurrente, éste se daba por notificado de la sentencia, a lo que el Tribunal, por resolución de 22 de agosto de 2023, dispuso tener por

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Chillán, siete de febrero de dos mil veinticuatro. Visto: 1°.- Que, comparece Jaime Patricio Saavedra Olivera, abogado por la parte demandante, en causa Rol C-97-2022, caratulado “CONTRERAS/ESPINOSA”, seguida ante el 1° Juzgado de Letras de San Carlos, interponiendo recurso de hecho, en contra de la resolución de fecha 08 de noviembre de 2023, notificada con la misma fecha, que no da lugar al rec

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