VARGAS/I MUNICIPALIDAD DE RIO BUENO
Rol
Fecha
7 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: El abogado Claudio Jorge Alberto Chacón Milanca, en representación de don Luis Alberto Vargas Haro, deduce acción de protección de garantías constitucionales contra de la Ilustre Municipalidad de Río Bueno, representada legalmente por doña Carolina Andrea Silva Pérez por el acto arbitrario e ilegal consistente en responsabilizar un vehículo no implicado en un accidente de tránsito, en causa de Policía Local de Río Bueno, en la cual se dictó sentencia condenatoria, pronunciada por el Juez Roberto Cano Cano, la que estima que afecta su derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la Republica. Señala que el día 09 de Noviembre del año 2023 en circunstancia en que se encontraba dispuesto a realizar la venta de su vehículo particular GBKH-42, esto se vio frustrado debido a que, al momento de obtener el certificado de anotaciones particulares de dicho bien, este mantenía una medida precautoria de prohibición de realizar actos y contratos sobre dicho vehículo, emanado del Juzgado de Letras y Garantía de la comuna de Río Bueno desde causa ante dicho tribunal, RIT C-267-2022, caratulado “Vargas Con Vargas”. El fundamento de dicha causa de cumplimiento radica en la sentencia dictada por el Juez de Policía Local de Rio bueno en causa ROL 639-2022 en la que se responsabiliza a su representado al haber cometido un error de digitación en la patente del vehículo que efectivamente participó de los hechos conocidos por dicho Tribunal, siendo esta GBKH-47. Solicita por el recurso se ordene al Juzgado de Policía Local de Río Bueno enmendar la sentencia del 08 de abril de 2022, rectificando la placa patente vehicular que aparece en dicha resolución a GBKH-47, que corresponde al vehículo real implicado en el accidente que da origen a la denuncia, todo con condena en costas. Segundo: Informa el Juez Roberto Cano Cano, quien señala que efectivamente en causa Rol 639 2023 se dictó sentencia con fecha 8 de abril de 2022 mediante la cual condenó a Moisés Eusebio Sandoval Higueras al pago de una multa de 1,5 UTM como autor de la infracción grave de conducir vehículo motorizado sin estar atento a las condiciones del tránsito, causando daños, y al pago de una multa de 1,5 UTM, como infracción grave de conducir vehículo motorizado con certificado de revisión técnica vencida al mes de octubre de 2021. Que en el accidente de tránsito se involucró a don José Juvenal Vargas Saldivia quien transitaba en silla de ruedas y don Moisés Eusebio Sandoval higueras quien conducía vehículo camioneta toyota hilux 2014 roja placa patente GBKH-42, no se ejercieron acciones civiles indemnizatorias y no fue necesario acompañar certificado de inscripción del vehículo. Agrega que los responsables de un accidente son los conductores no los vehículos niega la afectación de derechos alegada por el recurrente. Tercero: Por el presente recurso se pretende la revisión y rectificación de una sentencia ejecutoriada, dictada por
Fallo
Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales: Se rechaza, sin costas, la acción de protección interpuesta por Luis Alberto Vargas Haro. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 2372 – 2023 Protección.
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Valdivia, siete de febrero de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: Primero: El abogado Claudio Jorge Alberto Chacón Milanca, en representación de don Luis Alberto Vargas Haro, deduce acción de protección de garantías constitucionales contra de la Ilustre Municipalidad de Río Bueno, representada legalmente por doña Carolina Andrea Silva Pérez por el acto arbitrario e ilegal consistente en
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