1º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ACEITERA SAN FERNANDO SPA/MAXIMISE S.A

Rol

Fecha

9 de febrero de 2024

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos y teniendo presente:          Que, en lo que respecta a los juicios de menor cuantía, el recurso de apelación deducido contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el Juez tendrá por interpuesto el recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio. El apelante deberá reproducirlo dentro de los cinco días subsiguientes al de la notificación de la sentencia y en virtud de esta reiteración, lo concederá el tribunal. En mérito de lo anteriormente expuesto y lo dispuesto en el artículo 698 del Código de Procedimiento Civil y no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, el seis de agosto de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de seis de marzo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1254-2024.

Texto Completo (Preview)

gail C.A. de Santiago Santiago, nueve de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente:          Que, en lo que respecta a los juicios de menor cuantía, el recurso de apelación deducido contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el Juez tendrá por interpuesto el recurso pa

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