SIN INFORMACION

/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

7 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 31 de enero del presente año comparece doña Valentina Carrasco Valdés, Defensora Penal Pública Penitenciaria, cédula nacional de identidad Nº 18.981.487-9, domiciliada para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, interponiendo Recurso de Amparo en favor de HÉCTOR ALEXIS SANDOVAL SOTO, cédula nacional de identidad N°15.147.514-0, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes y, en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por la resolución de 12 de octubre de 2023, que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que su representado se encuentra cumpliendo condena de 2361 días de presidio mayor en su grado mínimo por Revocación de Libertad Condicional, la cual inició el 27 de julio de 2020, debiendo culminar el 12 de enero de 2027. Adiciona que el tiempo mínimo de postulación se cumplió el 20 de octubre de 2023, registrando 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…el postulante tiene mediano compromiso delictual y riesgo medio de reincidencia. Su plan de intervención aún se encuentra vigente, manteniendo necesidades en áreas de vinculación a pares; en cuanto a necesidades específicas, exhibe claros problemas de adherencia y deficiente resolución de conflictos y habilidades de autocontrol. En condena anterior, fue beneficiado con libertad condicional, la que fue revocada por comisión de nuevo delito, de la misma naturaleza que el primero. Debe trabajar en el consumo de alcohol, debido a que ello influye en su autocontrol y, además, los ilícitos que cometió tienen una correlación directa con dicha conducta. En el área laboral, cuenta co

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado. Lo anterior es sin perjuicio de que, además, esta no es la vía idónea para impugnar una decisión de la Comisión de Libertad Condicional.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Valentina Carrasco Valdés, en favor de HÉCTOR ALEXIS SANDOVAL SOTO, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución dictada el 12 de octubre de 2023. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°79-2024/Amparo. EDA/eda

Texto Completo (Preview)

Talca, siete de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 31 de enero del presente año comparece doña Valentina Carrasco Valdés, Defensora Penal Pública Penitenciaria, cédula nacional de identidad Nº 18.981.487-9, domiciliada para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, interponiendo Recurso de Amparo en favor de HÉCTOR ALEXIS SANDOVAL SOTO,

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