SIN INFORMACION

I MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA/SEREMI DE SALUD REGION METROPOLITANA

Rol

Fecha

6 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Justo Zuleta Santander, en representación de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de Atacama, ambos domiciliados en Gustavo Le Paige N°328, Comuna de San Pedro de Atacama, quien deduce recurso de protección en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Antofagasta, estimando vulnerado las garantías fundamentales del artículo 19 N°1 y 8 de la Constitución Política de la República, solicitando se ordene a la recurrida practicar la eutanasia de todos los perros que se encuentren calidad de abandonados en la comuna de San Pedro de Atacama. Evacua informe la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al fundar su recurso sostiene que la comuna de San Pedro de Atacama se ha transformado en una zona peligrosa para sus habitantes, a causa de la presencia constante y creciente de población de perros asilvestrados en varios sectores, siendo una situación insostenible. Indica que las calles no se encuentran habilitadas para albergar poblaciones de animales de modo constante, donde existe una población canina de carácter permanente cuyo número oscila en los 4.500 perros, siendo potenciales portadores de infecciones y del vector de la rabia, constituyendo una grave amenaza para la salud de los habitantes de la comuna. Expone 3 episodios de agresiones o mordeduras a las personas de carácter graves, en una con consecuencia de muerte y otra con mutilación de la oreja de un niño, viéndose forzados los habitantes de la comuna a tener que transitar con temor por las calles. Aduce que la municipalidad ha realizado distintas acciones con la finalidad de controlar la población canina y su comportamiento, teniendo especial atención con los perros denominados como potencialmente peligrosos, como: Esterilizaciones de mascotas caninas y felinas; Charlas de tenencia responsable abiertas a la comunidad, dirigida a cuidadores de mascotas caninas y felinas; Instalación de microchip a mascotas caninas y felinas; Hacer fiscalizaciones y cursar multas a tenedores irresponsables por parte de los equipos municipales; Modificación de la ordenanza que establece obligaciones de buen trato a los animales y cuidado responsable de mascotas y animales de compañía en la comuna de San Pedro de Atacama; Presentación de proyectos a la SUBDERE, para esterilización de 1.500 animales caninos y felinos en el presente año; Adquisición de una clínica veterinaria móvil que se encuentra en licitación pública; Implementación de un canil municipal; Alianza con otros servicios públicos como SUBDERE y SEREMI de Salud; Difusión a través de canales de comunicación respecto a la tenencia responsable de mascotas; Habilitación de un número de teléfono de emergencia, y habilitación del canil municipal. Alega que la Seremi de Salud de Antofagasta, si bien ha concurrido a la comuna, identificando a solo alguno de los perros involucrados en los ataques a personas, siendo eutanasiados, queda una gran cantidad de perros abandonados que constituyen un peligro para la integridad física de los habitantes de la comuna. Concluye que estas acciones son insuficientes por lo que considera indispensable que se ordene a la Seremi de Salud de la Región de Antofagasta, practicar la eutanasia de todos los perros que se encuentren calidad de abandono en la comuna de San Pedro de Atacama. SEGUNDO: Que Carlos Bonilla Lanas, Abogado Procurador Fiscal de Antofagasta, por el Consejo de Defensa del Estado, en representación de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Antofagasta, informa solicitando el rechazo del presente recurso. Expone que en la actualidad existe un problema a ni

Fallo

por tanto en consecuencia a ello no se establecen facultades para ello en la Ley. Sostiene que la Ley 21.020 no menciona a los animales asilvestrados, a diferencia de los conceptos de animal abandonado, callejero o comunitario, siendo definido por la organización mundial de sanidad animal como "perro domestico que ha vuelto al estado silvestre y ya no depende directamente del ser humano". Indica que el problema de los perros asilvestrados involucra aspectos no solo relacionados con las personas sino también de seguridad pública, medioambientales, de bienestar animal y agrícolas, lo cual va más allá del ámbito de las competencias de la autoridad sanitaria que tiene como función principal la regulación y supervisión de la salud pública, centrándose en aspectos como la prevención de enfermedades transmisibles, la promoción de la salud y la gestión de riesgos sanitarios. Así, el control directo de perros asilvestrados en donde también existe un problema de seguridad pública se relaciona con ámbitos de autoridades locales como municipios, medio ambiente, agricultura, entre otros, que tienen competencias y responsabilidades sobre la gestión de fauna urbana y rural. En el caso de la comuna de San Pedro de Atacama el problema se origina principalmente por perros abandonados, callejeros y comunitarios, circulando libres por la ciudad, generando jaurías entre animales callejeros, abandonados y comunitarios, los cuales se transforman en un real peligro para las personas, atacando en

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, seis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Justo Zuleta Santander, en representación de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de Atacama, ambos domiciliados en Gustavo Le Paige N°328, Comuna de San Pedro de Atacama, quien deduce recurso de protección en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Antofagasta, estimando vulnerado las garantías fundamentale

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica