TIC SERVICES SPA/SCHWALM DAVIS FRANCISCO- (LTE)
Rol
Fecha
6 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Raúl San Martín Rodríguez, abogado, por la parte demandante “TIC Services SpA”, en autos caratulados “TIC Services SpA/Corporación Municipal de La Florida”, seguidos con el Rol N° C-2086-2022 ante el 30° Juzgado Civil de Santiago, interponiendo verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 30 de agosto de 2023, que desechó de plano el recurso de apelación subsidiario interpuesto por esa parte el día 22 de agosto de 2023, en contra de la resolución de 17 de igual mes y año, que no dio lugar a su petición de embargo respecto de la acreencia que esa parte tiene en contra de la demandada. Indica que la resolución impugnada carece de fundamento, al limitarse a negar lugar a su petición, por improcedente. Califica de errado lo resuelto, en tanto el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil dispone que los autos y decretos sí son apelables cuando alteran la normal substanciación del juicio o se ordena un trámite no señalado por la ley, como en la especie, entendiendo que se está exigiendo que se acredite la insolvencia del demandado para proceder a dar lugar al embargo. Argumenta que la resolución jurídica que pretende impugnar es sin duda un decreto, que rechaza de plano la procedencia del recurso de apelación subsidiario, al pronunciarse sobre su recurso referido al embargo solicitado sobre la cuenta corriente del demandado. Solicita que se deje sin efecto la resolución que negó la apelación subsidiaria, se declare admisible y la Corte entre a conocer el fondo de la misma. Segundo: Que, informa don Francisco Javier Schwalm Davis, Juez Suplente del 30° Juzgado Civil de Santiago. Indica que se tramita causa de gestión preparatoria de notificación de factura, en la que por resolución de 11 de julio de 2022 se tuvo por pagado el crédito y se ordenó la liquidación del saldo, tasación de costas procesales y regulación de costas personales. Luego, por resolución de 19 de enero de 2023 el Tribunal pus
Fallo
Por estas razones y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 158, 188 y 203 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el recurso de hecho interpuesto por TIC Services SpA, en contra de la resolución de 30 de agosto de 2023, dictada por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol N° C-2086-2022, debiendo elevarse vía interconexión por el tribunal a quo los antecedentes necesarios para el conocimiento del recurso de apelación subsidiario, en los términos del artículo 205 del Código de Procedimiento Civil. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-13.150-2023. En Santiago, seis de febrero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de febrero de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 6: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Raúl San Martín Rodríguez, abogado, por la parte demandante “TIC Services SpA”, en autos caratulados “TIC Services SpA/Corporación Municipal de La Florida”, seguidos con el Rol N° C-2086-2022 ante el 30° Juzgado Civil de Santiag
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica