SIN INFORMACION

LOBOS/MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO

Rol

Fecha

6 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que recurre de protección Sergio Cordero Villablanca, abogado, en representación de Francisco Javier Lobos Jara, en contra de la Ilustre Municipalidad de Puente Alto, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la negativa a renovarle su licencia de conducir profesional por falta de idoneidad moral, lo que ha vulnerado sus derechos fundamentales, contemplados en el artículo 19 N° 2, 3 y 16 de la Constitución Política de la República. Solicita que se ordene la renovación de su licencia de conducir. Señala que el recurrente fue condenado por el delito de conducir un vehículo motorizado con certificado de revisión técnica falso, la que se cumplió a través de la remisión condicional de la pena y que al solicitar la renovación de su licencia de conducir A4 le fue rechazada por el Director de Tránsito por falta de idoneidad moral. Expone que reclamó de dicha resolución ante el 1° Juzgado de Policía Local de Puente Alto, el que le negó la licencia de conducir por carecer de idoneidad moral. Indica que la acción es ilegal y arbitraria porque se le está sancionando nuevamente por un hecho respecto del que ya cumplió la pena. Sostiene que se ha vulnerado el derecho de igualdad ante la ley porque se le está discriminando en relación con otras personas; el derecho al debido proceso, porque está siendo juzgado por comisiones especiales, ya que se le está imponiendo una nueva pena; y el derecho a la libertad de trabajo, ya que se le está privando de ejercer como conductor. Segundo: Que informó la recurrida, Ilustre Municipalidad de Puente Alto, la que opuso excepción de falta de legitimación pasiva, ya que quien denegó la renovación de la licencia de conducir al recurrente fue el 1° Juzgado de Policía Local de Puente Alto, en aplicación de las facultades que le confiere el artículo 15, de la Ley N° 18.290. En cuanto al fondo, solicitó el rechazo del recurso por ajustar su actuar al ordenamiento jurídico y por no haberse conculcado los

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido por don Francisco Javier Lobos Jara, en contra de la Ilustre Municipalidad de Puente Alto. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° 3925-2023 Protección

Texto Completo (Preview)

Certifico que alegó confirmando la abogada Pamela Mera Arancibia. San Miguel, 6 de febrero de 2024, Enrique Cossio Vásquez, relator. San Miguel, seis de febrero de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 17: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que recurre de protección Sergio Cordero Villablanca, abogado, en representación de Francisco Javier Lobos Jara, en contra de la Ilustre

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