ALFREDO RICARDO DE TORO ALEXANDER CON FISCO DE CHILE - CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Rol
Fecha
6 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia apelada Y se tiene, además, presente: 1.- Que ambos litigantes se alzaron contra la sentencia definitiva de 28 de mayo de 2022, dictada por el Primer Juzgado Civil de Concepción, en los autos Rol C-3403-2020, que rechazó las excepciones de reparación satisfactiva o pago y de prescripción opuestas por el Fisco de Chile; rechazó la alegación subsidiaria de imputar al monto indemnizatorio, las sumas recibidas por el actor en virtud de las denominadas Leyes de Reparación; y acogió sin costas la demanda de indemnización de perjuicios, ordenando el pago de $60.000.000, más reajustes e intereses, por concepto de daño moral. 2.- Que la parte demandante solicitó que el fallo en examen sea confirmado con declaración que se aumenta el monto indemnizatorio a la suma de $150.000.000 o la superior que se estime ajustada a derecho y equidad más los reajustes e intereses que indica. Considera que el juez de primera instancia no se hizo cargo de la situación personal experimentada por su representado, que detalla y tampoco del daño sufrido, el que estima no justipreciado. 3.- Que, por su parte, el Fisco de Chile estima agraviante el rechazo de la excepción de reparación satisfactiva reiterando las argumentaciones vertidas al momento de contestar la demanda. Enseguida acusa la existencia de un segundo agravio que dice relación con el rechazo de la excepción de prescripción, y considera que el fallo en alzada incurre en apreciaciones erradas y contrarias a la doctrina jurisprudencial de los Tribunales Superiores de Justicia, afirmando que las normas de Derecho Internacional no consagran la imprescriptibilidad de las acciones indemnizatorias. En un tercer acápite recursivo, indica que el daño moral demandado no fue acreditado, de modo que no puede suponerse por el juez ni darse por cierto con una prueba vaga o genérica o con referencias históricas globales. Por último, sostiene que el fallo cuestionado condenó al Fisco de Chile a pagar reajustes e i
Fundamentos
motivos precedentes, no cabe duda que la imprescriptibilidad de las acciones en materia de delitos de lesa humanidad se extiende, según los sentenciadores de mayoría, igualmente al ámbito de las acciones civiles que persiguen la reparación del daño ocasionado. 14.- Que, ahora bien, en lo que concierne al monto indemnizatorio, cuestionado por ambos litigantes, cabe tener presente que tal y como denuncia el demandante, el
Fallo
fallo en examen sea confirmado con declaración que se aumenta el monto indemnizatorio a la suma de $150.000.000 o la superior que se estime ajustada a derecho y equidad más los reajustes e intereses que indica. Considera que el juez de primera instancia no se hizo cargo de la situación personal experimentada por su representado, que detalla y tampoco del daño sufrido, el que estima no justipreciado. 3.- Que, por su parte, el Fisco de Chile estima agraviante el rechazo de la excepción de reparación satisfactiva reiterando las argumentaciones vertidas al momento de contestar la demanda. Enseguida acusa la existencia de un segundo agravio que dice relación con el rechazo de la excepción de prescripción, y considera que el fallo en alzada incurre en apreciaciones erradas y contrarias a la doctrina jurisprudencial de los Tribunales Superiores de Justicia, afirmando que las normas de Derecho Internacional no consagran la imprescriptibilidad de las acciones indemnizatorias. En un tercer acápite recursivo, indica que el daño moral demandado no fue acreditado, de modo que no puede suponerse por el juez ni darse por cierto con una prueba vaga o genérica o con referencias históricas globales. Por último, sostiene que el fallo cuestionado condenó al Fisco de Chile a pagar reajustes e intereses indicando que los primeros no corresponden a aquellos solicitados en la demanda, específicamente en cuanto al período de imposición, toda vez que se reclamaron incrementos entre la notificación
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, a seis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO: Se reproduce la sentencia apelada Y se tiene, además, presente: 1.- Que ambos litigantes se alzaron contra la sentencia definitiva de 28 de mayo de 2022, dictada por el Primer Juzgado Civil de Concepción, en los autos Rol C-3403-2020, que rechazó las excepciones de reparación satisfactiva o pago y de prescripción
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