CASTRO WIEREN MARCOS/28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE)
Rol
Fecha
6 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Roberto Vergara Scholz, abogado, en causa Rol C-5457-2023, seguidos ante el 28° Juzgado Civil de Santiago, quien recurre de hecho en contra de la resolución de fecha 1 de septiembre de 2023, que no concedió recurso de apelación interpuesto contra parte de la resolución de fecha 28 de agosto de ese año, que acogió el incidente de nulidad de la notificación de la demanda interpuesto por esa parte. Expone que por resolución de fecha 28 de agosto de 2023, el tribunal acogió un incidente de nulidad de lo obrado, ordenando que se practicara el requerimiento de pago a los ejecutados en dependencias del tribunal, el día 01 de septiembre de 2023, bajo apercibimiento de ser requeridos en rebeldía. Refiere que la resolución que se pronuncia sobre un incidente de nulidad, es una sentencia interlocutoria y
Fallo
por tanto, apelable, agregando que, el artículo 41 del Código de Procedimiento Civil, dispone expresamente que en los juicios ejecutivos, no puede efectuarse el requerimiento de pago en público, por lo que, lo resuelto por el tribunal, necesariamente implica un requerimiento efectuado a viva voz en el hall de acceso del recinto, contraviniendo lo dispuesto en la norma. Por tanto, solicita se acoja el presente recurso de hecho, y se declare admisible la apelación interpuesta. SEGUNDO: Que informa al tenor del recurso doña Claudia Veloso Burgos, jueza titular del Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, señalando que el tribunal no concedió el recurso de apelación interpuesto por el recurrente, por estimar que la resolución recurrida no altera la sustanciación regular del juicio. Expone que con fecha 28 de agosto de 2023, el tribunal acogió incidente de nulidad de lo obrado interpuesto por la parte demandada en autos Rol 5456-2023, citando a los ejecutados para ser requeridos de pago en dependencias del tribunal. Indica que es contra esa parte de la resolución, respecto de la cual se deduce recurso de apelación, no dando lugar a ella, en atención a lo previsto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Que en el caso de autos, no se apela contra la resolución que acoge el incidente, la cual no causa agravio a la parte recurrente, sino contra aquella parte que cita a los demandados para efectuar el requerimiento de pago en dependencias del tribunal, lug
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Santiago, seis de febrero de dos mil veinticuatro. Proveyendo al escrito folio 10: téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Roberto Vergara Scholz, abogado, en causa Rol C-5457-2023, seguidos ante el 28° Juzgado Civil de Santiago, quien recurre de hecho en contra de la resolución de fecha 1 de septiembre de 2023, que no concedió recurso de apelación interpuesto contra
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