MINISTERIO PUBLICO C/ YVES ANTOINE VICTOR
Rol
Fecha
6 de febrero de 2024
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°. - Que, del mérito de los antecedentes que constan en autos, así como las alegaciones vertidas en estrados, se advierte una renuencia del acusado en cuanto a asistir a las audiencias del procedimiento de larga data, presentando una serie de incomparecencias que retrasan la realización del juicio oral. 2°. - Que, en la especie se cumplen los requisitos que establece el artículo 141 del Código Procesal Penal, toda vez que el encartado reiteradamente no ha asistido a las audiencias del juicio oral a las cuales se encontraba legalmente emplazado, resultando la medida cautelar solicitada por el ente persecutor necesaria para asegurar la comparecencia del imputado al juicio oral. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA, resolución de fecha dieciocho de enero pasado, dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Chillán, y en su lugar, se resuelve que se decreta la prisión preventiva de Sterven Monplaisir. Atendido el mérito de lo resuelto, el Tribunal Oral dispondrá la programación del juicio a la brevedad posible, arbitrando todas las medidas para su efectiva realización. Téngase por notificados a los intervinientes sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-63-2024.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA, resolución de fecha dieciocho de enero pasado, dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Chillán, y en su lugar, se resuelve que se decreta la prisión preventiva de Sterven Monplaisir. Atendido el mérito de lo resuelto, el Tribunal Oral dispondrá la programación del juicio a la brevedad posible, arbitrando todas las medidas para su efectiva realización. Téngase por notificados a los intervinientes sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-63-2024.-
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán mgab/rps Chillán, seis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°. - Que, del mérito de los antecedentes que constan en autos, así como las alegaciones vertidas en estrados, se advierte una renuencia del acusado en cuanto a asistir a las audiencias del procedimiento de larga data, presentando una serie de incomparecencias que retrasan la realización del juicio o
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica