LONCOPÁN (FRANCISCO OBERREUTER CAZAL) CON TERCER JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL
Rol
Fecha
6 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º Que comparece don Francisco Oberreuter Cazal, abogado, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 15 de noviembre de 2023, en los autos Rol C-3000-2018 seguidos ante el 3° Juzgado Civil de San Miguel, mediante la cual se negó lugar a la apelación deducida por la parte demandante en contra de la sentencia que acogió incidente de abandono del procedimiento por haber sido deducido en forma extemporánea. Expone que no dedujo el recurso dentro de plazo al haber sido notificado en una oficina que se encontraba siniestrada como consecuencia de un incendio que afectó a la propiedad. 2° Que informando al tenor del recurso la jueza a quo refiere que no se concedió el recurso de apelación en contra de la resolución que acogió el incidente sobre abandono del procedimiento, al haber sido deducido fuera del plazo legal. 3º Que el inciso primero del artículo 189 del texto legal precitado dispone que “La apelación deberá interponerse en el término fatal de cinco días, contados desde la notificación de la parte que entabla el recurso, deberá contener los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya y las peticiones concretas que se formulan.” 4º Que del examen de los antecedentes correspondientes al proceso antes mencionado, traídos a la vista para la resolución del presente recurso, se advierte que el día 1 de febrero de 2023 se dedujo apelación subsidiaria en contra de la resolución de 4 de enero del mismo año, de manera que el recurso interpuesto ha sido presentado efectivamente en forma extemporánea. 5° Que de acuerdo a lo relacionado precedentemente corresponde desestimar el recurso de hecho formulado por la parte demandante.
Fallo
Por estas consideraciones, las normas legales precitadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho intentado por el abogado Francisco Oberreuter Cazal, en contra de la resolución de quince de diciembre de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-3000-2018 seguidos ante el 3° Juzgado Civil de San Miguel. Regístrese y archívese el presente legajo, en su oportunidad. N° 2401-2023 Civil (Hecho).-
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Cuarta Sala, por el recurso de hecho la postulante de la Corporación de Asistencia Judicial doña María Luz Celis Endeiza. San Miguel, 6 de febrero de 2024. Gonzalo Neira Campos, relator. San Miguel, seis de febrero de dos mil veinticuatro. A los folios 6, 7 y 8: A todo, téngase presente y a sus antecedentes. Al recurso de hecho folio N°60
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