SIN INFORMACION

DE LA TAILLE-TRETINVILLE/SUPERINTENDENCIA DE SALUD

Rol

Fecha

5 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Sergio Concha Márquez De La Plata, abogado e interpone acción de protección a favor de doña Alexandrine Marie de La Taille-Trétinville Urrutia y en contra de la Superintendencia de Salud, representada por don Víctor Torres Jeldes, denunciando como acto ilegal y arbitrario la sentencia de fecha 31 de octubre de 2023, dictada por la recurrida, que rechazó el recurso jerárquico intentado por su representada en relación a la negativa a que su representada obtenga el dinero que Isapre Banmédica S.A, a su juicio, le ha retenido en forma ilegal, al no aplicar en su oportunidad la Tabla de Factores asociada a su plan de salud, por haber cambiado a factores de rango inferior al haber cumplido el beneficiario más de dos años, decisión que en su concepto vulnera la normativa vigente, conculcando, además, las garantías constitucionales previstas en los numerales 24° del artículo 19 de la Carta Fundamental. Señala que con el acto recurrido se materializó el acto ilegal contenido inicialmente en la sentencia de fecha 23 de marzo de 2023, pronunciada por la jueza árbitro, doña Sandra Armijo Quevedo, Intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud (S) y en la sentencia de fecha 26 de julio de 2023 también de esta última, que resolvió el recurso de reposición interpuesto por mi representada en contra de la referida sentencia de 23 de marzo de 2023. Expone, que el 19 de abril de 2022 se presentó ante la Superintendencia de Salud, el reclamo N°4044491-2022, contra Isapre Banmédica S.A, ante los cobros hechos a su representada por un plan matrimonial que contrataron, en que la primera pagó por ella y por su hijo Juan Cristóbal Concha de La Taille-Trétinville y el abogado y cónyuge de la protegida, por los otros cuatro hijos comunes y por él. Refiere que el problema se suscitó cuando el hijo cumplió 2 años, el 7 de julio de 2012, porque indica que Isapre Banmédica S.A. debió haber rebajado su imposición y cobrado por él 1,33

Fallo

fallo dictado por la Excelentisima Corte Suprema. Concluye, señalando que el Tribunal no vulneró ninguna garantía constitucional de la demandante, dado que solo se limitó a disponer el archivo de un litigio que no podía ser resuelto en esas circunstancias. Por lo anterior, solicita el rechazo del recurso, con expresa condena en costas. Tercero: Que, evacua informe por Isapre Banmédica S.A. el abogado Omar Matus de la Parra Sardá, solicitando el rechazo del recurso, con costas, fundado en primer lugar por no ser la presente acción la vía idónea para resolver el asunto, por cuanto lo que se pretende, a su parecer, es modificar una sentencia ejecutoriada de la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, cuestión que indican vulnera su autoridad de cosa juzgada, como asimismo por el carácter urgente de la acción cautelar y porque lo que pretende no es otra cosa que el cumplimiento de una sentencia judicial dictada por la Excma Corte Suprema, cuestión que no es una materia que corresponda ser revisada en esta sede, por cuanto excede su ámbito de aplicación. En segundo lugar, argumenta que el recurso debe ser rechazado por cuanto Isapre Banmédica S.A. carece de legitimidad pasiva para ser obligada al cumplimiento del fallo dictado por la Excma. Corte Suprema y que la propia sentencia que se ha invocado en el recurso de protección de autos, establece el marco y el mecanismo para cumplirse y con ello, poder ser exigible, por lo que estima que el recurso resulta inneces

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de febrero de dos mil veinticuatro. A los folios 20, 21 y 22; a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Sergio Concha Márquez De La Plata, abogado e interpone acción de protección a favor de doña Alexandrine Marie de La Taille-Trétinville Urrutia y en contra de la Superintendencia de Salud, representada por don Víctor Torres

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