C/ ALGIOV EDUARDO ALVARADO JIMENEZ
Rol
Fecha
5 de febrero de 2024
Materia
RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Al folio 4; téngase presente Primero: Que el ente persecutor dedujo recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 02 de febrero de 2024 que, rechazando la solicitud de prisión preventiva formulada respecto del imputado Algiov Eduardo Alvarado Jiménez. Segundo: Que el imputado antes individualizado fue formalizado como autor del delito de receptación de vehículo motorizado, existiendo antecedentes que permiten presumir fundadamente tanto la existencia del hecho punible, como su participación como autor en el hecho punible, en cuanto fue sorprendido por los funcionarios policiales conduciendo una motocicleta que registraba encargo por robo, esto es, en una situación de flagrancia, circunstancia que en este estadio de la investigación lleva a descartar la alegaciones de la defensa en orden a que no se configuraría en la especie el presupuesto material referido en el literal a) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Tercero: Que, una vez zanjado lo anterior, y respecto de la necesidad de cautela,
Fundamentos
considerando que el ilícito por el cual se encuentra formalizado el imputado trae aparejada una pena aflictiva y que no consta en autos que éste haya realizado los trámites de canje penal decretados por el tribunal de garantía, dado que se trata de un ciudadano extranjero que se encuentra en condición irregular en el país cuya identidad no se encuentra precisada, siendo ello de su cargo, por lo que esta Corte considera que su libertad constituye un peligro para el éxito de la investigación, en cuanto puede estimarse de manera verosímil que Algiov Eduardo Alvarado Jiménez, pueda restarse de los fines del procedimiento, resultando proporcional la cautelar de prisión preventiva, a fin de asegurar su adherencia a los actos del procedimiento. Por estos fundamentos, se revoca, la resolución dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, el veintiocho de enero de dos mil veinticuatro, que rechazó la solicitud del Ministerio Público de imponer la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Algiov Eduardo Alvarado Jiménez, y
Fallo
se declara en cambio, que éste queda sujeto a dicha medida cautelar. Comuníquese por la vía más rápida, y devuélvase la competencia. Penal N°564-2024 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, cinco de febrero de dos mil veinticuatro. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-564-2024 Ruc: 2400112665-9 Rit: O-1161-2024 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Inelie Durán Madina, el Ministro (S) señor Fernando Antonio Valderrama Martinez y el Abogado Integrante señor Eduardo Nelson Gandulfo Ramírez Relatora: Claudia Pavez Dig
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