PEREA/FLOCK LOGISTIC SPA
Rol
Fecha
13 de febrero de 2024
Materia
REINCORPORACIÓN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 472 del Código del Trabajo el recurso de apelación en materia de cobranza laboral, no procede sino en el caso contemplado en el inciso segundo del artículo 470 del mismo cuerpo legal, naturaleza jurídica que, en la especie no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones, y atendido lo dispuesto en los artículos 470 y 472 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario, interpuesto por la demandada con fecha veintinueve de enero del presente, en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. Devuélvase. N°Laboral-Cobranza-429-2024.
Fallo
Por estas consideraciones, y atendido lo dispuesto en los artículos 470 y 472 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario, interpuesto por la demandada con fecha veintinueve de enero del presente, en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. Devuélvase. N°Laboral-Cobranza-429-2024.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, trece de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 472 del Código del Trabajo el recurso de apelación en materia de cobranza laboral, no procede sino en el caso contemplado en el inciso segundo del artículo 470 del mismo cuerpo legal, naturaleza jurídica que, en la especie no se cumple, razón por
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