2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES/GUERRERO

Rol

Fecha

5 de febrero de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que lo razonado por el sentenciador en la resolución impugnada excede la facultad contemplada en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, una cuestión que es materia de excepciones a la ejecución, que deberá discutirse en la etapa procesal correspondiente y apareciendo de los antecedentes que el pagaré fundamento de la ejecución contempla una deuda líquida, actualmente exigible y que no se encuentra prescrita, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca, en lo apelado, la resolución dictada el siete de diciembre del año dos mil veintitrés, por el Segundo Juzgado Civil de San Miguel en proceso RIT C-7279-2023, y se declara que el tribunal de primera instancia deberá dar a la demanda la tramitación que en derecho corresponda, por juez no inhabilitado. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Albornoz quien fue del parecer de confirmar la referida compartiendo sus fundamentos. Devuélvase. N° 2443-2023 Civil.

Fallo

se declara que el tribunal de primera instancia deberá dar a la demanda la tramitación que en derecho corresponda, por juez no inhabilitado. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Albornoz quien fue del parecer de confirmar la referida compartiendo sus fundamentos. Devuélvase. N° 2443-2023 Civil.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cinco de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente: Que lo razonado por el sentenciador en la resolución impugnada excede la facultad contemplada en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, una cuestión que es materia de excepciones a la ejecución, que deberá discutirse en la etapa procesal correspondiente y apare

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