ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de febrero de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que los principios que informan el procedimiento seguido ante los Tribunales de Familia, específicamente, aquellos que estatuyen los artículos 13 y 16 de la Ley 19.968, determinan necesariamente concluir que, a contrario de lo que al parecer advierte el tribunal a quo, corresponde a éste agotar los medios a objeto de intentar notificar a los demandados, actuación que incluso podría llegar a efectuarse a través de avisos, resultando absolutamente impertinente imponer a la parte demandante un apercibimiento que no está contemplado en la ley, a efectos de que acompañe en un determinado plazo los atestados de la notificación de la...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que los principios que informan el procedimiento seguido ante los Tribunales de Familia, específicamente, aquellos que estatuyen los artículos 13 y 16 de la Ley 19.968, determinan necesariamente concluir que, a contrario de lo que al parecer advierte el tribunal a quo, corresponde a éste agotar los medi
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