ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de febrero de 2024
Materia
MATERNIDAD, RECONOCIMIENTO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: 1.- Que, en primer lugar, cabe precisar que el control de admisibilidad de las demandas que autoriza el artículo 54-1 de la Ley 19.968, se limita por regla general a la revisión del cumplimiento de los requisitos formales previstos en el artículo 57 de la misma ley. 2.- Que, en segundo término, si bien el inciso tercero del artículo 54-1 permite rechazar una demanda en la fase de revisión de admisibilidad por ser manifiestamente improcedente, ello no se encuentra permitido en las hipótesis de los numerales 8 y 16 del artículo 8 de la misma ley, encontrándose dentro del primer numeral ...
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, cinco de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente: 1.- Que, en primer lugar, cabe precisar que el control de admisibilidad de las demandas que autoriza el artículo 54-1 de la Ley 19.968, se limita por regla general a la revisión del cumplimiento de los requisitos formales previstos en el artículo 57 de la misma ley. 2.- Que, en segund
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