CONDORI/TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE CALAMA
Rol
Fecha
2 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece Florentina Condori Oyola, boliviana, comerciante, domiciliada en calle Granaderos 2124, oficina 3, Calama, Región de Antofagasta, quien deduce acción constitucional de protección en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama (en adelante tribunal oral), representado por doña Luisa Antipan Meliqueo, abogado, en su calidad de Juez Presidente, domiciliado en Avenida Grecia 1179, tercer piso, Calama, por el acto ilegal y arbitrario cometido al resolver el incidente de nulidad por falta de emplazamiento, impetrado por su parte, basado que no se habría decretado la pena de comiso, decisión que constituye una vulneración a los derechos fundamentales consagrados en los numerales 23° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Informó la recurrida, instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso señalando que es propietaria del camión marca Volvo, modelo 1979, placa patente 647hug, el que se incorpora a la empresa de transportes Alcarmar SRL, a efectos de realizar servicio de transportes de mercadería tanto dentro como fuera del territorio boliviano, lo que consta en escritura pública de fecha 22 de julio de 2022, en notaría de Potosí, Bolivia. El camión era conducido por su dependiente, Miguel Maraza Lampa, el que fue contratado para desempeñar labores de conductor de carga nacional e internacional y, habiendo tomado conocimiento de su detención, con fecha 17 de marzo de 2023, realiza gestiones para obtener la devolución del vehículo, siendo rechazadas, resolviéndose que no se accedería a lo solicitado hasta que se resolviera la situación procesal del imputado. Con fecha 20 de octubre de 2023 viaja a Chile para conocer el estado de solicitud de devolución del camión, informándosele que se encontraba afecto a la pena de comiso, circunstancia que jamás le fue notificada, por lo que presenta incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento respecto de la pena de comiso ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, decretándose audiencia para su conocimiento el día 22 de noviembre de 2023. Dicho día se lleva a efecto la audiencia, donde se discute el incidente de nulidad impetrado y
Fallo
se resuelve “Entendiendo el tribunal que no habiendo decretado este tribunal el comiso del vehículo en cuestión de conformidad a lo plasmado en el considerando décimo noveno de la sentencia dictada en la presente causa, y dejando a salvaguarda los derechos de tercero no responsable, como es el caso de la tercero compareciente de reclamar su especie, en tanto no fue vinculada a los hechos materia de la causa, no se entiende, más allá del supuesto vicio del procedimiento que se alega por parte del emplazamiento de la tercerista, no hay una afectación de derecho y por lo tanto no hay un perjuicio que deba ser subsanado con la declaración de nulidad que se está invocando, por lo tanto se rechaza el incidente interpuesto, debiendo hacer las peticiones que correspondan en sede de ejecución atendido el estado procesal en la cual se encuentra la presente causa”. Dice que la falta de notificación de audiencia de juicio o sentencia le irrogó un perjuicio solo reparable con la declaración de nulidad del acto que le priva de su legítimo derecho de propiedad y, que, al considerar el tribunal oral que no se decretó la pena de comiso, siendo que del tenor de considerando décimo noveno si fue así, el tribunal debió pronunciarse respecto de su incidente de nulidad impetrado, en virtud que era la única acción judicial a intentar para recuperar su camión, ya que todas las acciones judiciales previas, como tercería, ya habían sido ejercidas en forma oportuna, y por su parte, las notificaciones
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Antofagasta, a dos de febrero del dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Florentina Condori Oyola, boliviana, comerciante, domiciliada en calle Granaderos 2124, oficina 3, Calama, Región de Antofagasta, quien deduce acción constitucional de protección en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama (en adelante tribunal oral), representado por doña Luisa Antipan Meliqueo, abogado, en
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