PÉREZ JORQUERA, LEANDRO ANDRÉS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2DO. SEMESTRE DE 2023)
Rol
Fecha
2 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don Gabriel Calderón Lewin, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado LEANDRO ANDRÉS PÉREZ JORQUERA, cédula nacional de identidad Nº17.112.888-9, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°655-2023, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que, el amparado cumple actualmente penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, más cincuenta días de prisión en su grado máximo, más otra pena de seiscientos treinta y cinco días de presidio menor en su grado medio, por dos delitos de robo en lugar no habitado y uno de robo en lugar habitado, teniendo como fecha de término de la condena el 29 de mayo de 2025, cumpliendo con el tiempo mínimo para optar al beneficio de libertad condicional el 18 de marzo de 2023, así como registrar conducta muy buena en los últimos cuatro bimestres. Señala que la decisión adoptada constituye una transgresión legal, ya que contradice las disposiciones establecidas en el Decreto Ley N°321 y sus modificaciones posteriores, así como en el Decreto Supremo 338 que regula el Reglamento de Libertad Condicional, constituyendo, además, un acto arbitrario, pues se funda en exigencias no contempladas en la ley o en requisitos superiores. Asimismo, señala que no basta con resaltar los aspectos negativos de la condenada y en base a ello rechazar la postulación, sino que debe fundar adecuadamente porque esos aspectos llevan a inclinarse a que deba cumplir el saldo de pena privada de libertad y no bajo la modalidad de libertad condicional. Cita los términos de la resolución recurrida y refiere cuales serían los argumentos en favor de su representado, indicando que mantiene conducta intachable durante 6 bimestres, sin registrar faltas ni sanciones durante su reclusión, ha participado en actividades resocializadoras y capacitac
Fundamentos
motivos: - No cumple con el tiempo mínimo de condena a la época de sesión de la comisión o dentro de los dos meses siguientes. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un Alto riesgo de reincidencia. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Todos estos motivos permiten sostener que “compartiendo esta Comisión lo señalado en el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, que señala que el interno continúe su proceso de intervención en el sistema cerrado, además tiene riesgo reincidencia Alto, debiendo participar en programas; en el año 2020 fue indultado por Covid-19, quebrantando ese beneficio por la comisión de un nuevo delito, no siendo capaz de cumplir satisfactoriamente a la oportunidad que se le dio en ese momento…”. Estimo que la resolución recurrida se encuentra fundada, en ella se describen los argumentos que no darían pie a conceder el beneficio solicitado a la luz del Decreto Ley N°321 y sus modificaciones posteriores, ésta emana de autoridad competente en el ejercicio de sus funciones, motivos por los cuales, en representación de la mentada entidad, solicito el rechazo del presente recurso de amparo.” TERCERO: Que, de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo puede ser deducido a favor de toda persona que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, a fin de que se guarden las formalidades legales y se adopte de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. CUARTO: Que, corresponde a estos sentenciadores determinar, particularmente, si el amparado satisface el requisito del artículo 2 N°3 del Decreto Ley N°321, lo que importa realizar una prognosis sobre la reinserción social del condenado. De conformidad a la norma, el informe de postulación realizado por el equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile sienta un criterio orientador en relación con esta labor de prognosis. QUINTO: Que, revisados los antecedentes a que tuvo acceso la Comisión de Libertad Condicional, se aprecia que el informe de Gendarmería de Chile da cuenta de un riesgo de reincidencia alto, y qu
Fallo
por tanto, se acoja el recurso de amparo interpuesto, dejando sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional a su representada, decretando que se le concede dicho beneficio de manera inmediata. Acompaña: 1. Informe Social, elaborado por profesional de la Defensoría Penal Pública, Respecto de Libertad Condicional del usuario Leandro Andrés Pérez Jorquera. SEGUNDO: Que, a folio 3, evacuó informe, en su calidad de Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, don Felipe Pulgar Bravo, quien indica lo siguiente: “La comisión que presido se reunió con fecha 10 de octubre del año 2023 y, en esa instancia, se acordó rechazar la solicitud formulada por Leandro Andrés Pérez Jorquera, cédula de identidad N° 17.112.888-9, por los siguientes motivos: - No cumple con el tiempo mínimo de condena a la época de sesión de la comisión o dentro de los dos meses siguientes. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un Alto riesgo de reincidencia. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta r
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Pérez Jorquera, Leandro Andrés Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°43-2024.- La Serena, dos de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don Gabriel Calderón Lewin, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado LEANDRO ANDRÉS PÉREZ JORQUERA, cédula nacional de identidad Nº17.112.888-9, en con
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